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GENERALIDADES DEL PROCEDIMIENTO PENAL.

                 Época prehistórica.- En el mesolítico el hombre vivió en cavernas y la piedra era el instrumento

                de trabajo, En el neolítico, da comienzo la agricultura hacia los 7000 aC y hacia 3500 aC se

                inician  las  comunidades  los  Sumerios  que  al  4000  aC  obtienen  la  escritura.  La  solución  de
                conflictos se lleva a cabo a través de los GENS mediante la venganza privada que caracteriza la

                magia  y  el  misticismo,  dirigido  por  la  clase  sacerdotal,  El  fin  de  la  venganza  privada
                desproporcionada  inicia  cuando  se  establece  el  sistema  de  tarifas  para  graduar  la  venganza,

                apareciendo así la LEY DEL TALION que suponía un sistema de equivalencias, las primeras

                costumbres reguladas fueron al parecer las relativas a la convivencia sexual. Una de las primeras
                constituciones que aparecen es el CODIGO DE HAMMURABI 1694 aC quitándole a la clase

                sacerdotal la función de poder judicial empleándose para la solución de conflictos la, al tiempo
                la función juzgadora paso al rey quien delegaba en los cuestores quienes eran juzgadores por

                comisión, existían dos tipos de enjuiciamiento; el civil que se regulaba en base a una formula

                (derecho Formulario) y el Penal que se regía por la cuestione perpetua.

                 Cristianismo Medieval.- A fines del Imperio Romano se da los edictos de tolerancia donde se

                legitimó  al  cristianismo  pasando  hacia  una  cristianización  del  Estado.  La  filosofía  cristiana
                introduce una concepción diferente acerca del hombre , la igualdad , de los seres humanos y el

                amor al prójimo el tratar a los individuos como seres y no como cosas implantando la iglesia los

                tribunales que era competente para conocer de los asuntos espirituales y también de aquellos
                temporales  que  comprometían  los  espirituales,  una  importante  aportación  fueron  los  juicios

                sumarios en la legislación canónica de las Clementinas en 1317 , y los no menos aberrantes que

                son  los  enjuiciamientos  inquisitoriales  ,  dados  por  la  exageración  en  la  contemplación  de  la
                verdad historia , y es en la legislación religiosa donde se para hasta el 510 aC , la república y el

                imperio,  en  la  época  de  los  reyes  predominaban  las  frases  y  rituales  sacramentales  ,  en  los
                delitos públicos se delegaba a los comicios por centurias quienes imponían las penas de muerte,

                destierro o multas, al tiempo la función juzgadora paso al rey quien delegaba en los cuestores
                quienes  eran  juzgadores  por  comisión,  existían  dos  tipos  de  enjuiciamiento;  el  civil  que  se

                regulaba en base a una formula (derecho Formulario) y el Penal que se regía por la cuestione

                perpetua.
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