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En el estudio moderno a la Historia Romana de Tito Livio, realizado por Francisco Montes de
                Oca, se hace una cronología de los tratados celebrados en Roma siguientes: 493 a.C. Tratado de

                alianzas entre romanos y latinos; 400 a.C. tratados que se extiende el territorio romano hasta
                Lacio y sur de Etruria; 458 a.. Tratados por el que los latinos renuevan alianzas con Roma; 354

                a.C. Tratados de alianzas entre romanos y samnitas; 340 a. C. Tratado por el que se disuelve la

                liga latina; 306 a. C. Tratados entre Cartago y Roma, por el que se reparten zonas de influencias,
                Roma en Italia y Cartago en Sicilia; 265 a. C. Tratado de alianza de Roma con Nemertinos en

                guerra contra Ciracusa y Cartago, 241 a.C. Tratado por el que Cartago acepta la paz y renuncia a
                Sicilia; 226 a. C. Tratado de Ebro entre Roma y Asdrúbal, por el que los cartagineses se obligan

                a ano cruzar el río; 205 a. C. Tratado de Paz con Filipo V. de Macedonia; 108 a.C. Tratado de
                Aramea, por el que los romanos se comprometen a desocupar Siria. También desde la época de

                Rómulo se hace referencia a la violación del derecho de gentes.- Nos informa Tito Livio que

                nunca  Pompilio  sucedió  a  Rómulo,  en  el  gobierno  de  Roma  y  que  por  medio  de  alianzas  y
                tratados realizó la unión entre Roma y los pueblos comarcados y que disipó así las inquietudes

                acerca de la probable renovación de todo peligro exterior.


                EDAD MEDIA

                 La  decadencia  de  costumbre  en  Roma,  la  extensión  exorbitante  del  imperio,  la  constante

                hostilidad de los bárbaros, propiciaron la caída del imperio romano, lo que marca el inicio de la

                Edad Media. El cristianismo ejerció influencia en el Derecho Internacional de la Edad Media.
                Los tratados internacionales se confirmaban mediante juramento. Hasta el siglo XII el juramento

                era  el  medio de confirmar  y  consumar el  tratado internacional.  El  juramento como  una cosa

                sagrada sometía el cumplimiento de la obligación pactada a la jurisdicción de la Iglesia Católica
                Además de ese poder supranacional de los Papas en materia territorial, también ejercierón un

                poder jurisdiccional a través del arbitraje. A los poderes cristianos de Occidente y de Oriente se
                oponían los del Islam. En virtud del Corán los musulmanes estaban en guerra permanente. En

                los  tratados  comerciales  de  la  Edad  Media  se  establece  la  cláusula  de  la  “Nación  más
                favorecida”, por lo que se concede a una nación , Estado, etc., los derecho concedidos o que se

                concedan  en  el  futuro  a  otras  naciones  En  la  Edad  Media  se  produce  un  antecedente  de  los

                futuros grandes congresos internacionales, los concilios ecuménicos. Nos señala Potemkin que
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