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excepcionales, ejemplifican correctamente el ejercicio del que
dispone como ente soberano; de las que se distinguen: a) Las
formas extraordinarias: como la conquista, la recuperación de
territorio y la anexión, y b) Las formas comunes u ordinarias,
concretadas en la expropiación, el decomiso, la confiscación, los
esquilmos y la extinción de dominio; a las que se les puede
agregar la obra pública y el contrato de suministro, sujetas a
debate, sobre si son o no, formas de adquisición.
7. 2 PROCEDIMIENTOS DE ADQUISICIÓN
Las formas de adquirir del Estado a través de actos jurídicos y
procedimientos son muy diversas, entre las cuales son:
Expropiación.