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Instituto Peruano de Contrataciones del Estado - Ley y Reglamento de Contrataciones 2019
total de acciones o participaciones, valor nominal,
objeto social, fecha de designación de los miembros de
los órganos de administración, representante legal y
fecha de adquisición de la condición de socio,
participacionista o titular, con copia del documento
oficial emitido por la autoridad competente en su lugar
de constitución. Cuando no se pueda verificar la
distribución accionaria y/o la fecha de ingreso de los
accionistas en la documentación presentada por el
proveedor, se acredita dicha información con copia de
documento similar al libro de matrícula de acciones y/o
escritura pública y/o acta de la Junta General de
Accionistas.
b) Solvencia económica
b. 1) Para determinar el estado de solvencia económica de los
ejecutores de obras y consultores de obras, se toma en cuenta
lo siguiente:
b. 1.1) La calificación del proveedor, persona natural o
jurídica nacional, según el último reporte de la Central de
Riesgos de la SBS.
b. 1.2) Resultado de los ratios de medición de solvencia
económica para las personas naturales o jurídicas
nacionales y extranjeras, de acuerdo a la información
financiera consignada en el campo de la solvencia
económica de la solicitud respectiva.
b.2) En los casos de insolvencia patrimonial a causa de pérdidas
acumuladas, el proveedor restaura su solvencia patrimonial
restableciendo el equilibrio entre el capital y el patrimonio neto,
el cual es acreditado de conformidad con lo establecido en el
presente Reglamento y la Directiva correspondiente.
c) Capacidad técnica
Se acredita con la experiencia como consultor de obras o ejecutor de
obras, según corresponda. No son considerados como experiencia
aquellos contratos suscritos contraviniendo la Ley y el Reglamento, bajo
responsabilidad del proveedor.
Las personas naturales que se inscriban como ejecutores de obras o
consultores de obras, tienen alguna de las profesiones previstas en la
Directiva que emita el OSCE.
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