Page 203 - Ley y Reglamento Contrataciones del Estado
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Instituto Peruano de Contrataciones del Estado - Ley y Reglamento de Contrataciones 2019
semestres o doscientos cuarenta (240) horas académicas en la
especialidad.
c) Acreditar la siguiente experiencia laboral mínima:
- El profesional abogado, para el caso de árbitro único y presidente de
tribunal arbitral, acredita como mínimo cinco (5) años de experiencia en
contrataciones con el Estado y/o derecho administrativo y/o arbitraje
mediante el ejercicio de la función pública o privada de la profesión y/o
en arbitrajes actuando como árbitro, abogado o secretario arbitral.
- El profesional o experto, para el caso de integrante de un tribunal
arbitral acredita como mínimo cinco (5) años de experiencia en
contrataciones con el Estado mediante el ejercicio de la función pública
o privada de la profesión actuando como árbitro o secretario arbitral.
d) Aprobar la evaluación de conocimientos, con una nota mínima de catorce (14) y
la entrevista personal para ser incorporado en el RNA - OSCE.
e) No tener más de dos (02) recusaciones fundadas resueltas por el OSCE y/o por
cualquier otra institución arbitral en arbitrajes sobre contrataciones con el
Estado, en los dos (2) últimos años.
f) No haber sido excluido o suspendido del RNA.
g) No encontrarse incurso en algunos de los supuestos de impedimentos en el
artículo 231 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
h) No tener prohibiciones, incompatibilidades, antecedentes penales o policiales y
sanciones.
i) No haber sido sancionado por el Consejo de Ética.
j) No haber sido destituido o despedido de la función pública y/o jurisdiccional o no
haber sido despedido por falta grave de la función privada.
k) No haber sido excluido y/o suspendido de otros registros o nóminas de árbitros
por cuestionamientos a la ética.
l) No se encuentre involucrado en hechos o circunstancias que representen
razonablemente un potencial riesgo para el interés público y que por su
importancia afecten o pongan en duda seriamente su idoneidad moral o
profesional
7.2. Para su inscripción en el RNA, los profesionales presentan una solicitud al OSCE según
el Formulario aprobado, adjuntando el comprobante de pago de la tasa que se
establezca en el TUPA de la Entidad, Currículum Vitae, Compromiso según formato
aprobado por el OSCE de someterse a la evaluación y capacitarse durante el periodo de
inscripción en la materia de derecho administrativo y contrataciones con el Estado,
debiendo cumplir además, para cada caso, los siguientes requisitos:
a. Para acreditar la formación mínima
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