Page 55 - Ley y Reglamento Contrataciones del Estado
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Instituto Peruano de Contrataciones del Estado           -            Ley y Reglamento de Contrataciones 2019


                                                          TÍTULO V

                                                 MÉTODOS DE CONTRATACIÓN


                                                         CAPÍTULO I

                            DISPOSICIONES GENERALES APLICABLES A LOS PROCEDIMIENTOS DE SELECCIÓN


                             Artículo 53. Procedimientos de selección

                    53.1. Para la contratación de bienes, servicios en general, consultorías u obras, la Entidad utiliza,
                      según corresponda, los siguientes procedimientos de selección:

                             a) Licitación Pública.

                             b) Concurso Público.
                             c) Adjudicación Simplificada.

                             d) Subasta Inversa Electrónica.

                             e) Selección de Consultores Individuales.
                             f) Comparación de Precios.

                             g) Contratación Directa.

                    53.2.  La  determinación  del  procedimiento  de  selección  se  realiza  en  atención  al  objeto  de  la
                      contratación,  la  cuantía  y  las  demás  condiciones  para  su  empleo  previstos  en  la  Ley  y  el
                      Reglamento.

                    53.3.  En  el  caso  de  contrataciones  que  involucren  un  conjunto  de  prestaciones  de  distinta
                      naturaleza, el objeto se determina en función a la prestación que represente la mayor incidencia
                      porcentual en el valor referencial o valor estimado de la contratación.


                             Artículo 54. Convocatoria

                    54.1. La convocatoria de los procedimientos de selección, con excepción de la Comparación de
                      Precios, se realiza a través de la publicación en el SEACE, e incluye la siguiente información:

                             a) La identificación, domicilio y RUC de la Entidad que convoca;

                             b) La identificación del procedimiento de selección;
                             c) La descripción básica del objeto del procedimiento;

                             d) El valor referencial en los casos previstos en el artículo 18 de la Ley, salvo en el caso
                             de que este sea reservado conforme a lo previsto en el artículo 34;

                             e) El costo de reproducción de los documentos del procedimiento de selección que se
                             registren con la convocatoria;



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