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vida y elevar su existencia conforme a su          10:20 horas en el Semanario Judicial de la Federación.
                        propia cosmovisión.                                Décima Época.- Registro: 2016013.- Instancia: Segunda
                                                                           Sala.- Tesis: Aislada.- Fuente: Semanario Judicial de la Fe-
                             Amparo en revisión 800/2017. Martha Patricia Martínez   deración.- Publicación: viernes 19 de enero de 2018.- Tesis:
                             Macías y otra. 29 de noviembre de 2017. Cinco votos de los   2a. X/2018 (10a.)
                             Ministros Alberto Pérez Dayán, Javier Laynez Potisek, José
                             Fernando Franco González Salas, Margarita Beatriz Luna
                             Ramos y Eduardo Medina Mora I.; votó en contra de consi-
                             deraciones Margarita Beatriz Luna Ramos. Ponente: Alberto   ERECHOS DE LAS NIÑAS, NIÑOS Y
                             Pérez Dayán. Secretario: Isidro Emmanuel Muñoz Acevedo.  DADOLESCENTES PARA EL ESTADO
                             Esta tesis se publicó el viernes 19 de enero de 2018 a las
               Menores       Décima Época.- Registro: 2016014.- Instancia: Segunda   QUE EL ARTÍCULO 13, FRACCIÓN XX, DE
                                                                     DE AGUASCALIENTES. EL HECHO DE
                             10:20 horas en el Semanario Judicial de la Federación.
                             Sala.- Tesis: Aislada.- Fuente: Semanario Judicial de la Fe-
                                                                     LA LEY RELATIVA, RECONOZCA A LOS
                             deración.- Publicación: viernes 19 de enero de 2018.- Tesis:
                                                                     MENORES EL DERECHO DE ACCESO A
                             2a. VI/2018 (10a.)
                                                                     LAS TECNOLOGÍAS  DE  LA  INFORMA-
                                                                     EL ACCESO A CUALQUIER CONTENIDO.
                            ERECHOS DE LAS NIÑAS, NIÑOS Y            CIÓN Y COMUNICACIÓN, NO CONLLEVA
                                                                     El hecho de que los menores de edad ten-
                        DADOLESCENTES PARA EL ESTADO                 gan el derecho de acceso a las tecnologías
                        DE AGUASCALIENTES.  REQUISITOS               de la información y comunicación, así como
                        PARA EL ADECUADO EJERCICIO DEL               a los servicios de radiodifusión y telecomu-
                        DERECHO DE LOS MENORES DE AC-                nicaciones, no conlleva que los padres no
                        CESO A LAS TECNOLOGÍAS DE LA IN-             puedan supervisar y, en su caso restringir,
                        FORMACIÓN Y COMUNICACIÓN, PRE-               el uso que las niñas, niños y adolescentes
                        VISTO EN EL ARTÍCULO 13, FRACCIÓN            realicen de esas tecnologías informáticas.
                        XX, DE LA LEY RELATIVA. El Comité de         Es así, pues el acceso a las tecnologías de
                        los Derechos del Niño de la Organización     la información debe tener como prioridad
                        de las Naciones Unidas ha puesto de re-      esencial contribuir positivamente a la reali-
                        lieve que la aplicación del principio de la   zación de los derechos del niño, y no afec-
                        igualdad de acceso a los derechos de los     tar su bienestar y sano desarrollo. Es por
                        niños "no significa que haya que dar un      ello que las tecnologías de la información,
                        trato idéntico". Así, en atención a la rápi-  incluido el Internet y banda ancha, deben
                        da multiplicación, en cuanto a variedad y    entenderse como medios a través de los
                        accesibilidad de las nuevas tecnologías,     cuales los menores puedan tener acceso a
                        incluidos los medios de comunicación ba-     materiales o información que se ajuste a su
                        sados en Internet, los niños se encuentran   capacidad y a sus intereses, que favorezca
                        en situación de especial riesgo si se les    social y educacionalmente su bienestar, y
                        expone a material inadecuado u ofensivo.     que refleje la diversidad de circunstancias
                        Por su parte, el artículo 17, inciso e), de la   que los rodean. En efecto, en atención a
                        Convención sobre los Derechos del Niño,      las posibilidades y beneficios tanto positi-
                        se refiere a la función de los Estados Par-  vos como negativos de las tecnologías de
                        tes para proteger al niño de un material     la información, y su creciente amplitud y
                        inadecuado y potencialmente perjudicial.     fácil acceso, los padres y otros cuidadores
                        Por ende, el acceso a las tecnologías de     no pueden soslayar su deber de proteger
                        la información y comunicación, así como      al niño contra toda información y material
                        a los servicios de radiodifusión y teleco-   perjudicial para su bienestar; de ahí que si
                        municaciones, incluido el de banda ancha     bien los menores cuentan con el derecho de
                        e Internet, no resulta indiscriminado para   acceso a las tecnologías de la información
                        toda etapa de la infancia, ni incluye todo   y comunicación, así como a los servicios
                        tipo de contenidos que resulten inapropia-   de radiodifusión y telecomunicaciones, lo
                        dos para la niñez.                           cierto es que ello no puede entenderse en
                             Amparo en revisión 800/2017. Martha Patricia Martínez
                             Macías y otra. 29 de noviembre de 2017. Cinco votos de los   el sentido de que puedan y deban acceder
                             Ministros Alberto Pérez Dayán, Javier Laynez Potisek, José  a cualquier material e información a través
                             Fernando Franco González Salas, Margarita Beatriz Luna   de dichos medios de comunicación, y en
                             Ramos y Eduardo Medina Mora I.; votó en contra de consi-  cualquier etapa de la niñez, por lo que es
                             deraciones Margarita Beatriz Luna Ramos. Ponente: Alberto
                             Pérez Dayán. Secretario: Isidro Emmanuel Muñoz Acevedo. indispensable atender a lo siguiente: (I) para
          12                 Esta tesis se publicó el viernes 19 de enero de 2018 a las   determinar el tipo de información o material
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