Page 20 - condominio tributario
P. 20
II. CONSULTAS CONCRETAS.
Según el caso descrito, solicitan se emita criterio sobre lo siguiente:
a)
b)
“Apartirdelaentradaenvigordelaobligacióndeemitirfacturaselectrónicas. ElCondominio, o la empresa administradora de éste, está o no obligada a emitir facturas electrónicas cuando recaude las aportaciones condominales que utiliza para pagar los costos o gastos comunes del condominio?
i. De no corresponder la emisión de facturas electrónicas. ¿Qué tipo de documento debe emitir el condominio para que el propietario pueda sustentar su costo o gasto para fines del Impuesto sobre la Renta?
A partir de la entrada en vigor de la obligación de emitir facturas electrónicas ¡El Condominio, o la empresa administradora de éste, está o no obligada a emitir facturas electrónicas cuando distribuye el cobro efectuado de forma general por el A y A al Condominio entre los propietarios, de acuerdo con su respectivo consumo?
i. De no corresponder la emisión de facturas electrónicas. ¿Qué tipo de documento debe emitir el condominio para que el propietario pueda sustentar su costo o gasto para fines del Impuesto sobre la Renta?”
Señalan quelaLeydeLuchacontraelFraudeFiscal,LeyN°9416,de14dediciembrede 2016, establece que todos los obligados tributarios deberán contar con medios electrónicos para registrar sus transacciones y emitir comprobantes de estas.
Agregan que el artículo 2 de la Resolución N° DGT-012-2018, señala que los obligados tributarios son las personas físicas, jurídicas o entes colectivos sin personalidad jurídica instrumental a quienes una norma de carácter tributario impone la obligación del cumplimiento de una determinada prestación u obligación, que puede ser de carácter pecuniario o no pecuniario; ya sea, en su condición de declarantes, contribuyentes, responsables, agentes de retención o percepción, sucesores de la deuda tributaria u obligados a suministrar información o prestar colaboración a la Administración Tributaria.
Mencionan que la resolución N° DGT-R-48-2016 conceptualiza lo que es la factura electrónica y la Resolución N° DGT-012-2018 establece que están exentos de emitir comprobantes electrónicos los contribuyentes acogidos al Régimen de Tributación Simplificada y los expresamente citados en dicha Resolución.
Manifiestan que entienden que cualquier otro obligado tributario, en adelante OT, no excluido de dicha lista, estará obligado a emitir comprobantes de pago electrónicos (de