Page 32 - PORFOLIO DE INNOVACIÓN
P. 32
FUNCIONES DEL CLAUSTRO Y DEL
CONSEJO (ÓRGANOS COLEGIADOS)
ÓRGANOS
COLEGIADOS DE
GOBIERNO
CONSEJO
NOMBRE Y APELLIDOS:__________________________________________ CLAUSTRO
ESCOLAR
Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del
rendimiento escolar y los resultados de las evaluaciones internas y externas en * *
que participe el centro.
Aprobar y evaluar la concreción del currículum y todos los aspectos educativos *
de los proyectos y de la programación general anual.
Evaluar los proyectos y las normas a que se refiere el capítulo II Título V de la
Ley Orgánica de Educación modificada por la Ley Orgánica de Mejora de la DIRECTOR
Calidad Educativa.
Evaluar la programación general anual del centro, sin perjuicio de las
competencias del claustro del profesorado, en relación con la planificación y la *
organización docente.
Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y la imposición de sanciones *
y velar porque estas se atengan a la normativa vigente.
Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y velar porque se atengan a la
normativa vigente. Cuando las medidas disciplinarias adoptadas por el director
correspondan a conductas del alumnado que perjudiquen gravemente la convivencia del *
centro, el Consejo Escolar, a instancia de padres, madres o tutores legales, puede
revisar la decisión adoptada y proponer, si es el caso, las medidas oportunas.
Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección * *
presentados por los candidatos.
Elaborar propuestas e informes, a iniciativa propia o a petición de la
Administración competente, sobre el funcionamiento del centro y la mejora *
de la calidad de la gestión, así como sobre los otros aspectos relacionados con
su calidad.
Elegir a sus representantes en el Consejo Escolar del centro y participar en la *
selección del director.
Emitir informe sobre las directrices para la colaboración, con fines educativos y
culturales, con las administraciones locales, con los centros, entidades y *
organismos.
* *
Emitir informe sobre las normas de organización y funcionamiento del centro.
Fijar los criterios referentes a la orientación, la tutoría, evaluación y *
recuperación de los alumnos.
Formular al equipo directivo y al Consejo Escolar propuestas para la *
elaboración de los proyectos del centro y la Programación General Anual.
Informar sobre la admisión de los alumnos, con subjección a lo que establecen
la Ley Orgánica y les disposiciones que la desarrollan. *
Participar en la selección del director del centro, en los términos que establece
la Ley Orgánica. Ser informado del nombramiento y el cese de los otros
miembros del equipo directivo. Si procede, previo acuerdo de sus miembros, *
adoptar por mayoría de dos tercios, proponer la revocación del nombramiento
del director.