Page 12 - Portfolio Gestión e Innovación. David F.
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GESTIÓN E INNOVACIÓN EN CONTEXTOS EDUCATIVOS
                  PRÁCTICA 5.1.-ADMISIÓN DEL ALUMNADO



                  1.-¿En qué consiste la microplanificación educativa?

                  La microplanificación educativa consiste en la toma anticipada de elecciones
                  e  ideas,  es  decir,  estudia  las  necesidades  de  escolarización  que  se
                  producirán  en  el  futuro.Además  se  encarga  de  programar  las  plazas  a
                  ofertar con el fin de ajustar la oferta a la demanda de escolarización.



                  2.-¿Es  factible  el  derecho  a  elegir  centro  entendido  en  sentido
                  amplio?


                  La renta condiciona la elección del centro, por lo tanto no, ya que existe una
                  desigualdad escolar. En otros lugares como Finlandia el estado proporciona
                  tanto becas de transporte como de comedor, libros etc…




                  3.-¿En qué consiste el Proceso de Admisión del Alumnado?

                  Consiste  en  distribuir  la  oferta  entre  las  familias  demandantes  de
                  escolarización. En el caso de que se produzca mayor demanda que oferta se
                  han de aplicar una serie de criterios de baremación.



                  4.-¿Por  qué  decimos  que  el  proceso  de  admisión  se  refiere  a  dos
                  derechos fundamentales?

                  El derecho a la educación es un derecho universal (los recogen los artículos
                  del 15 al 29) y el derecho a ser tratados de forma especial por las Cortes al
                  ser fundamentales.



                  5.-¿Están recogidas las bases del derecho de admisión en la LOE?


                  Sí,  están  recogidas  en  el  artículo 84-88  del  capítulo  3,  que  trata  sobre  la
                  escolarización  en  centros  públicos  y  privados  concertados.  Se  encuentran
                  bajo el título “Equidad en la Educación”




                  6.-¿Qué significado tiene lo que establece el Art.86 de la LOE sobre
                  la  igualdad  administrativa  de  los  centros  públicos  y  privados
                  concertados?

                  El artículo 86 plantea que el trato administrativo sea equitativo. Tendrá que
                  tratar a todos los centros por igual sean públicos o privados. Se considera
                  que  todos  los  centros  están  ejerciendo  servicio  publico  y  tiene  que  estar
                  sostenidos con fondos de forma equitativa.
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