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Reflexión 2
Universidad Nacional Abierta
Programa de Especialización en Derechos Humanos
Unidad Curricular: Derechos Humanos de los Niños, Niñas
y Adolescentes (994)
Nombre: Carmen Alcalá
Correo Electrónico: carmenalk.ca@gmail.com
Cumplimiento de los Derechos de los
Niños, Niñas y Adolescentes
En la República Bolivariana de Venezuela, se han incorporado al derecho, las diferentes normas,
las cuales se han convertido en medios idóneos para invocarlas directamente en los Tribunales y exigir
su aplicación a las autoridades nacionales. En este sentido el artículo 78 de la CRBV, establece
específicamente que los niños, niñas y adolescentes son sujetos plenos de derecho estando protegidos
por la legislación, órganos y tribunales especializados, los cuales respetarán, garantizarán y
desarrollaran los contenidos de la Constitución, y de los tratados internacionales que en esta materia
haya suscrito y ratificado por la República Bolivariana de Venezuela.
En este extenso marco jurídico de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes, y más
específicamente, en lo que se refiere al Régimen de Convivencia Familiar, pilar fundamental que
establece nuestra CRBV y la LOPNNA para garantizar un desarrollo Bio-Psicosocial óptimo para
nuestros niños, niñas y adolescentes.
El Régimen de Convivencia Familiar, sus fundamentos legales, los acuerdos internacionales, las
bases constitucionales, y el conjunto de normas estatuidas que establecen, regulan y controlan todo lo
concerniente a la protección y al cumplimiento de los derechos del niño, niña y adolescentes tanto para
su otorgamiento como para su revocación.
Desde hace algún tiempo se ha venido haciendo mucho énfasis en la protección de los niños,
niñas y adolescentes en función de la familia, la sociedad y el Estado, trabajando todos en conjunto por
un fin común, sin embargo, se observa que no ha sido suficiente ni ha sido eficaz en el caso de padres
separados y su incumplimiento con el régimen de convivencia familiar, además de las consecuencias
emocionales, psicológicas, que derivan de este.
La manutención es un beneficio que tiene por derecho desde el nacimiento, este beneficio debe
ser otorgado únicamente por sus padres o en su defecto el representante legal que estos posean.