Page 17 - REVISTA INFANCIA FELIZ TU DERECHO
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persona,  desde  su  concepción,  posee  un  carácter  integral,  adquiriendo

                  derechos  como  sujeto,  que  lo  hacen  parte  de  la  sociedad,  que  le  permiten
                  participar como ciudadano.



                        Para finalizar, y en consideración expresa de la explotación laboral de los

                  niños,  como  una  de  las  constantes  muestras  de  maltrato  y  vulneración,

                  evidenciadas  a  lo  largo  de  la  historia,  vale  la  pena  traer  a  colación,  La
                  Convención  sobre  la  Edad  Mínima  de  1973,  en  el  marco  de  la  Conferencia

                  General  de  la  Organización  Internacional  del  Trabajo  (OIT),  cuyo  objetivo
                  primordial  es  abolir  el  trabajo  infantil,  reglamentando  edades  mínimas,  no

                  diferentes a la edad de culminación escolar. Dicha Convención exhorta a los

                  gobiernos  a  determinar  organismos  internos,  procesos  y  sanciones  que
                  aseguren la aplicación efectiva de la norma, haciendo salvedades respecto a

                  los 14 años, como límite excepcional en casos de emergencia económica de la
                  familia,  que  implique  a  fuerza,  la  empleabilidad  del  infante,  y  que,  en  todo

                  caso,  deberá  obtener  permiso  especial  de  la  autoridad,  aseguramiento  en

                  salud y protección de riesgos.



                        Justamente,  esa  ampliación de  la  norma,  se  ve  acaudalada  de manera
                  subsiguiente  por  el  Convenio  sobre  las  Peores  Formas  de  Trabajo  Infantil,

                  adelantado por la OIT en 1999, donde se reconoce, que la empleabilidad de
                  los niños, se da mayoritariamente por los índices de pobreza, para lo cual los

                  Estados deben en primera instancia, trabajar en el aseguramiento del acceso a

                  la  educación  básica,  procurando  la  formación  profesional  y  como  segunda
                  medida,  potenciar  el  crecimiento  socioeconómico,  lo  que  se  traduce  en

                  mitigación  posterior  de  la  precariedad  social.  Se  conceptúan  además  como
                  peores formas  de  trabajo  infantil,  la  esclavitud,  servidumbre,  trabajo forzoso,

                  reclutamiento  bélico,  pornografía  y  prostitución,  producción  y  tráfico  de
                  estupefacientes,  y  todo  aquello  que  atente  contra  la  salud  e  integridad  del

                  menor.
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