Page 43 - RI (REGLAMENTO INTERNO) UG - SANTA TERESA - 2020
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Reglamento Interno 2020



                  g)    Propician acciones de movilización y campañas de sensibilización comunitaria a
                        nivel local, involucrando tanto a las familias como a las autoridades y miembros

                        de instituciones y dirigidas a cumplir un determinado objetivo en torno a un tema
                        o problemática específica.

                  h)    Organizan  charlas,  talleres,  elaboración  de  materiales  y  realizan  trabajo  con

                        medios  de  comunicación  masivos  y  comunitarios  que  tengan  un  objetivo
                        específico en beneficio de la defensoría del niño y del adolescente.

                  La  Defensoría  está  conformada por:
                  a)    Un responsable quien asume la función de “defensor“,

                  b)    02 docentes  “defensores-promotores” preferentemente de las áreas de Ciencias
                        sociales, Desarrollo Personal Ciudadana y Cívica.

                  c)    Padres de familia voluntarios  que constituyen un apoyo.

                  d)    Además de profesionales o personas de la comunidad debidamente capacitadas.
                  La  Defensoría  deriva    los  casos  a  una  instancia,  autoridad  o  profesional  según  su

                  competencia. Esta derivación se realiza a través de una comunicación por escrito y otras

                  acciones  complementarias  y  no  debe  tardar  más  de  07  días  desde  que  se  tomó  el
                  conocimiento del caso.

                  Art. 35. FUNCIONES DE LA ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA (APAFA).

                  Según Ley Nº 28628, Ley que regula la participación de las asociaciones de padres de
                  familia en las instituciones educativas públicas. La Asociación de Padres de Familia

                  (APAFA) es una organización estable de personas naturales, sin fines de lucro, de

                  personería jurídica de derecho privado y puede inscribirse en los Registros Públicos.
                  Es regulada por el Código Civil, en lo que sea pertinente, la Ley General de Educación,

                  la  presente  Ley  y  su  estatuto  en  los  aspectos  relativos  a  su  organización  y
                  funcionamiento. La APAFA canaliza institucionalmente el  derecho de los  padres  de

                  familia  de  participar  en  el  proceso  educativo  de  sus  hijos.  Ejerce  las  siguientes
                  atribuciones:

                  a.    Participar  en  el  proceso  educativo  de  los  hijos  de  sus  asociados,  buscando  la

                        inclusión de las personas con discapacidad en igualdad de oportunidades.

                  b.    Colaborar  en  las  actividades  educativas  que  ejecuta  la  institución  educativa,

                        promoviendo un clima armonioso favorable para el aprendizaje.



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                                      INSTITUCIÓN EDUCATIVA “URIEL GARCIA” – SANTA TERESA
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