Page 50 - RI (REGLAMENTO INTERNO) UG - SANTA TERESA - 2020
P. 50

Reglamento Interno 2020



                  las siguientes responsabilidades: Planificar, ejecutar, monitorear y evaluar el Plan de
                  Tutoría, Orientación Educativa y Convivencia Escolar, de acuerdo a las particularidades

                  del nivel y la modalidad educativa.
                  a.    Elaborar o actualizar las Normas de Convivencia de la institución educativa.

                  b.    Fomentar  el  establecimiento  de  alianzas  y  relaciones  de  cooperación  con

                        instituciones públicas y privadas, con el fin de consolidar una red de apoyo para la
                        promoción de la convivencia escolar y acciones de prevención y atención de la

                        violencia.
                  c.    Coordinar  con  el  Comité  de  Tutoría  Orientación  Educativa  (CTOE)  u  otras

                        organizaciones de la institución educativa, el desarrollo de actividades formativas
                        y preventivas relacionadas a la gestión de la convivencia escolar.

                  d.    Coadyuvar  al  desarrollo  de  acciones  de  prevención  y  atención  oportuna  de  los

                        casos de violencia escolar considerando las orientaciones y protocolos de atención
                        y seguimiento propuestos por el Sector.

                  e.    Asegurar  que  la  institución  educativa  esté  afiliada  al  SíseVe  y  actualice

                        periódicamente los datos del responsable de la institución educativa.
                  f.    Promover la publicación, en formato físico y/o virtual, de un boletín informativo de

                        las Normas de Convivencia y las acciones que se realizarán durante el año en
                        relación a la gestión de la convivencia escolar, que comprenda lo señalado en el

                        artículo 13 de la Ley N° 29719, Ley que Promueve la Convivencia sin Violencia en
                        las Instituciones Educativas.



                                                         CAPITULO VII

                  DEBERES, DERECHOS, ESTIMULOS Y SANCIONES  DE LOS MIEMBROS DE LA

                  COMUNIDAD EDUCATIVA
                                                 DEL PERSONAL DOCENTE

                  ART. 41°.  DEBERES ,  además de los deberes contemplados en el Art. 56 de la Ley N°
                  28044, Ley General de Educación y el Art. 40 de la Ley N° 29944, Ley de Reforma

                  Magisterial y su reglamento, son deberes de los docentes de la IE Uriel García.
                  a)    Participar activamente en la elaboración y ejecución de los instrumentos de gestión

                        de la institución educativa: PEI, PAT, PCI y RI.




                                                                                                           50
                                      INSTITUCIÓN EDUCATIVA “URIEL GARCIA” – SANTA TERESA
   45   46   47   48   49   50   51   52   53   54   55