Page 28 - Revista La Carne 808
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¿Es necesario tener contratado el servicio laboral para que me tramiten una subvención de empleo?
No, no es necesario. Lo que es muy importante es que, antes de que se produzca la contratación, nos llaméis para pedir asesoramiento acerca del tipo de contrato y de los trámites previos que ha de hacer el trabajador para ser subvencionable, ya que, aunque hay un mes desde la contratación para solicitarla, si por ejemplo no estaba apuntado previamente como demandante de empleo en una o cina de la CAM, o inscrito en Garantía Juvenil en algunos casos, no se podrá solicitar.
El mantenimiento del empleo es de seis meses o un año dependiendo de la línea de subvenciones, pero, ¿qué ocurre si el trabajador rma baja voluntaria o yo lo despido antes?
Existe un procedimiento en caso de que la subvención esté concedida para sustituir al trabajador y así completar el mantenimiento. Si no se le va a sustituir, y lleva más de 6 meses, podemos optar al cobro parcial.
¿Como recibo el dinero? ¿En boni caciones a la Seguridad Social o por transferencia bancaria?
Esto es lo más importante de estas subvenciones: se realiza un único ingreso en cuenta de la cantidad a percibir. Este pago se realiza cuando está próximo el vencimiento del mantenimiento del empleo, por lo que no perdemos nada en solicitarla. No ocurre como con las boni caciones a la Seguridad Social, ya que si el trabajador causa baja, hay que devolver el dinero con intereses.
¿TE SURGEN DUDAS?
TE ACLARAMOS ALGUNAS
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LA CARNE - Enero - Marzo 2023