Page 11 - PORTFOLIO, Marta Sánchez Mañogil
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FUNCIONES DEL CLAUSTRO Y DEL ÓRGANOS COLEGIADOS
CONSEJO (ÓRGANOS COLEGIADOS) DE GOBIERNO
CONSEJO
NOMBRE Y APELLIDOS:__________________________________________ CLAUSTRO
ESCOLAR
Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del
1 rendimiento escolar y los resultados de las evaluaciones internas y externas en *
que participe el centro.
Aprobar y evaluar la concreción del currículum y todos los aspectos educativos
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de los proyectos y de la programación general anual.
Evaluar los proyectos y las normas a que se refiere el capítulo II Título V de la
3 Ley Orgánica de Educación modificada por la Ley Orgánica de Mejora de la *
Calidad Educativa.
Evaluar la programación general anual del centro, sin perjuicio de las
4 competencias del claustro del profesorado, en relación con la planificación y la *
organización docente.
Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y la imposición de sanciones y
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velar porque estas se atengan a la normativa vigente.
Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y velar porque se atengan a la normativa
vigente. Cuando las medidas disciplinarias adoptadas por el director correspondan a conductas
6 del alumnado que perjudiquen gravemente la convivencia del centro, el Consejo Escolar, a *
instancia de padres, madres o tutores legales, puede revisar la decisión adoptada y proponer, si
es el caso, las medidas oportunas.
Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección presentados
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por los candidatos.
Elaborar propuestas e informes, a iniciativa propia o a petición de la
Administración competente, sobre el funcionamiento del centro y la mejora de
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la calidad de la gestión, así como sobre los otros aspectos relacionados con su
calidad.
Elegir a sus representantes en el Consejo Escolar del centro y participar en la
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selección del director.
Emitir informe sobre las directrices para la colaboración, con fines educativos y
10 culturales, con las administraciones locales, con los centros, entidades y *
organismos.
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Emitir informe sobre las normas de organización y funcionamiento del centro.
Fijar los criterios referentes a la orientación, la tutoría, evaluación y
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recuperación de los alumnos.
13 Formular al equipo directivo y al Consejo Escolar propuestas para la elaboración *
de los proyectos del centro y la Programación General Anual.
Informar sobre la admisión de los alumnos, con subjección a lo que establecen la
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Ley Orgánica y les disposiciones que la desarrollan.
Participar en la selección del director del centro, en los términos que establece
la Ley Orgánica. Ser informado del nombramiento y el cese de los otros
15 miembros del equipo directivo. Si procede, previo acuerdo de sus miembros, *
adoptar por mayoría de dos tercios, proponer la revocación del nombramiento
del director.
Promover iniciativas en el ámbito de la experimentación y de la mejora
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pedagógica y en la formación del profesorado del centro.
Promover la conservación y la renovación de las instalaciones y del equipo
17 escolar y emitir informe sobre la obtención de recursos complementarios, de *
acuerdo con el que se establece en el Art.122.3 de la Ley Orgánica.
18 Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro. *
Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro, la igualdad entre
hombres y mujeres, la igualdad de trato y la nodiscriminación por las causas a las que se refiere
19 el Art.84.3 de la Ley Orgánica, la resolución pacífica de conflictos y la prevención de la violencia *
de género.
Cualquier otra que le atribuyan la Administración Educativa o las normas de
20 organización y funcionamiento respectivas. * *
* Para constestar (tamaño 20)