Page 71 - FINAL RIS MANUAL DE CONVIVENCIA COLEGIO RIS
P. 71
Tipo III exige la aplicación de varios
procedimientos:
1) En primer lugar serón atendidos por el
rector(a) o a (quién asigne) en representación
de todos los miembros del comité de
convivencia escolar y deberá convocar a
reunión a los otros miembros de manera
ordinaria o extraordinaria dada la gravedad del
caso para lo cual deberá:
2) Proporcionar atención inmediata en salud
en caso de daño al cuerpo o en salud física y
mental de los involucrados, remitiendo a las
entidades competentes dejando constancia de
las acciones tomadas.
3) Informar de manera inmediata a los
padres, madres o acudientes de todos los
estudiantes involucrados dejando constancia
de la actuación.
4) EI presidente del Comité Escolar de
Convivencia de manera inmediata pondrá
en conocimiento por el medio más expedito
las situaciones conocimiento de la policía
nacional de lo cual se dejara constancia.
5) Se citara a los integrantes del Comité
Escolar de Convivencia en los términos
71