Page 56 - 2017 MANUAL DE CONVIVENCIA DEFINITIVO
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TITULO V
DE LA CONVIVENCIA ESCOLAR
CAPITULO I. CONVIVENCIA SOCIAL.
Artículo 62. Propósitos.
La I.E. Piloto Simón Bolívar de Bucaramanga, en aras de cumplir la misión y la
visión institucional, y en procura de lograr sentido comunitario y convivencia
pacífica entre los miembros de su comunidad educativa, requiere de la voluntad
consciente y permanente de cada uno de los integrantes de esta, cundo se trate de
resolver de manera oportuna y civilizada, grandes y pequeños conflictos que se
puedan presentar como consecuencia de la diversidad de intereses y necesidades
de los individuos que la conforman. Por eso para mantener un adecuando clima
escolar que supone una verdadera educación en y para la democracia, basada en
la tolerancia, el diálogo y la búsqueda de la paz, establece distintos medios para la
solución de conflictos.
• Se acudirá por medio del diálogo, la negociación, la conciliación, la
mediación y cualquier otro mecanismo pertinente, a la solución pacífica del
conflicto.
• Y/o, de conformidad con las normas preestablecidas en este manual, se
adelantará el proceso disciplinario, respetuoso de todas las normas
constitucionales y legales que amparan el principio fundamental a un debido
proceso.
Es de anotar que la institución educativa tiene la obligación legal de poner en
conocimiento ante la autoridad competente, cualquier conducta que vulnere el
ordenamiento penal vigente, o que amenace con vulnerar o este vulnerando
derechos fundamentales de los niños, niñas, infantes y adolescentes matriculados
en la institución educativa.
Para lograr el objetivo de la convivencia pacífica institucional y el de formar
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