Page 149 - Gestión Técnica Para La Reducción De Riesgos Mecánicos En La Operación de Montcacargas
P. 149
131
ANEXO XX
MARCO LEGAL APLICABLE
Código del Trabajo
Capítulo V – De la Prevención de Riesgos, De las Medidas de Seguridad e
Higiene, De los Puestos de Auxilio y De la Disminución de la Capacidad
para el Trabajo
“Art. 434.- Reglamento de higiene y seguridad. - En todo medio colectivo y
permanente de trabajo que cuente con más de diez trabajadores, los
empleadores están obligados a elaborar y someter a la aprobación del
Ministerio de Trabajo y Empleo por medio de la Dirección Regional del
Trabajo, un reglamento de higiene y seguridad, el mismo que será
renovado cada dos años.” (Corporación de Estudios y Publicaciones, 2009,
p. 94).
Reglamento de Seguridad y Salud de los Trabajadores y Mejoramiento
del Medio Ambiente del Trabajo – Decreto Ejecutivo 2393
Capítulo VI – Vehículos de Carga y Transporte
“Art. 132.- TRACTORES Y OTROS MEDIOS DE TRANSPORTE
AUTOMOTOR.
1. Los mandos de control de la puesta en marcha, aceleración,
elevación y freno, reunirán las condiciones necesarias para evitar
movimientos involuntarios.
2. No se utilizarán vehículos dotados de motor de explosión, en lugares
donde exista alto riesgo de incendio o explosión, salvo que se adopten
medidas preventivas especiales.
3. Solo se permitirá su manejo y conducción a personas especializadas
que lo acrediten por medio de una certificación de los organismos
competentes.