Page 2 - Módulo 2 - Tema 7 : Impuestos sobre Sociedades
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Impuesto sobre Sociedades
El IS grava la renta de las sociedades de determinadas entidades residentes en el
territorio español. Como regla general, deben presentar declaración del IS, aunque no
hayan desarrollado actividades durante el periodo impositivo o no hayan obtenido
rentas sujetas al impuesto.
Son residentes en territorio español las entidades en las que se cumpla alguno de los
siguientes requisitos:
Que se hubiesen constituido conforme a las leyes españolas.
Que tengan su domicilio social en territorio español.
Que tengan la sede de dirección efectiva en territorio español (cuando en él radique la
dirección y control del conjunto de sus actividades).
Para más información:
Impuesto Sociedades
En la Comunidad Foral de Navarra y en los Territorios Históricos de la Comunidad
Autónoma del País Vasco se aplica el IS según el régimen de Convenio Económico y de
Concierto Económico, respectivamente.
Son contribuyentes del IS las personas jurídicas (excepto las sociedades civiles que no
tengan objeto mercantil) y determinadas entidades, aunque no tengan personalidad
jurídica.
Se incluyen, entre otras, a las siguientes entidades con personalidad jurídica propia:
Sociedades mercantiles (anónimas, de responsabilidad limitada, colectivas, laborales,
etc.).
Sociedades civiles con objeto mercantil (son contribuyentes desde el 1 de enero de
2016). No serán contribuyentes por el IS las sociedades civiles que se dediquen a
actividades agrícolas, ganaderas, forestales, mineras y de carácter profesional acogidas
y que cumplan los requisitos de la Ley 2/2007, de sociedades profesionales, por cuanto
son ajenas al ámbito mercantil.
Sociedades estatales, autonómicas, provinciales y locales.
Sociedades cooperativas.
Sociedades unipersonales.
Sociedades agrarias de transformación.
Asociaciones, fundaciones e instituciones, tanto públicas como privadas y los entes
públicos.