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CONCLUSIÓN
Los Medios de Control Constitucional son los mecanismos que garantizan la
salvaguarda de la Constitución, en México estos Medios de Control se dividen en
dos, uno Jurisdiccional porque se tramitan por la vía jurisdiccional federal y son:
a) Juicio de Amparo,
b) Acciones de inconstitucionalidad
c) Controversias constitucionales
d) Juicio para la Protección de los Derechos Políticos Electorales y
e) Juicio de Revisión Constitucional
2.- No jurisdiccionales, porque no se tramitan por vía jurisdiccional y son:
a) Recomendaciones, emitidas por la CNDH
b) Juicio político
También se observa que para los Juicios de Amparo, Juicios de Revisión
Constitucional, Juicios para la Protección de los Derechos Político Electorales del
Ciudadano y el Juicio Político se encuentran a la libre disposición de los
ciudadanos. Mientras que las Acciones de Inconstitucionalidad y las
Controversias Constitucionales, solo compete a ciertos órganos.
Es muy importante el control de convencionalidad como medio protector de los
Derechos Humanos, dado que los jueces se ven obligados a velar por los efectos
y disposiciones, así como sus interpretaciones de la Convención Americana de
sobre Derechos Humanos y la cual siempre va a buscar la protección más amplia
de estos derechos en beneficio del hombre.
Los aportes más importantes de las Reformas en materia de Derechos Humanos
para el Control de Convencionalidad son:
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