Page 15 - Revista digital
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- Los Jueces y Tribunales están sometidos a la ley.
- La participación de la Convención sujeta a los Jueces de un Estado a su
observancia en todo momento.
- Los Jueces deben estar atentos a que la aplicación de las leyes internas no
sea contrarias a lo que establece la Convención.
- Las Leyes contrarias a la Convención carecen de efectos jurídicos.
- Los Jueces y tribunales deben llevar a cabo un control de convencionalidad
entre las normas jurídicas y la Convención.
- El poder Judicial no debe aplicar desde el contenido de la Convención, sino
también las opiniones interpretativas, buscando siempre la más amplia
protección a los Derechos Humanos.
II