Page 15 - Revista digital
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- Los Jueces y Tribunales están sometidos a la ley.


                      -  La  participación  de  la  Convención  sujeta  a  los  Jueces  de  un  Estado  a  su

                        observancia en todo momento.


                      - Los Jueces deben estar atentos a que la aplicación de las leyes internas no
                        sea contrarias a lo que establece la Convención.



                      - Las Leyes contrarias a la Convención carecen de efectos jurídicos.


                     -  Los Jueces y tribunales deben llevar a cabo un control de convencionalidad
                        entre las normas jurídicas y la Convención.


                     -  El poder Judicial no debe aplicar desde el contenido de la Convención, sino

                        también  las  opiniones  interpretativas,  buscando  siempre  la  más  amplia

                        protección a los Derechos Humanos.



























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