Page 180 - Temario para Patrón Profesional de Embarcaciones de Recreo (P.P.E.R.)
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12. Tarjeta: Documento acreditativo de la posesión de un título de recreo.
13. Escuela náutica de recreo: Centro de formación que tiene atribuida la impartición, evaluación y
certificación de cualquiera de las prácticas básicas, cursos de formación y/o prácticas
complementarias recogidas en este real decreto.
14. Director de escuela náutica de recreo: Persona responsable de la dirección y desarrollo de la
actividad de la escuela, así como responsable de la correcta y veraz emisión de las licencias de
navegación que pueden emitir las escuelas y del refrendo de los certificados que acreditan la
realización de las prácticas y cursos de formación impartidos en la escuela.
15. Instructor de prácticas: Persona en posesión de alguna de las titulaciones exigidas en este real
decreto para la impartición, evaluación y certificación de cualquiera de las prácticas básicas, cursos
de formación y las prácticas complementarias recogidas en este real decreto.
16. Prácticas básicas de seguridad y navegación: Prácticas obligatorias conforme a lo dispuesto en
este real decreto cuya realización y superación supone que el aspirante a una titulación náutica de
recreo ha adquirido los conocimientos prácticos básicos suficientes para navegar, de acuerdo con las
atribuciones que confiere cada título.
17. Cursos de formación en radiocomunicaciones: Curso de formación en radiocomunicaciones que
habilita para la obtención del título de patrón para navegación básica y la operación de la estación
radio de a bordo, de acuerdo a las atribuciones de dicho título.
18. Curso de formación de radio-operador de corto alcance: Curso de formación para la operación de
la estación radio de a bordo de acuerdo a los requisitos de la Resolución 343 (REV. CMR-12) de la
Unión Internacional de Telecomunicaciones.
19. Curso de formación de radio-operador de largo alcance: Curso de formación para la operación de
la estación radio de a bordo de acuerdo a los requisitos de la Resolución 343 (REV. CMR-12) de la
Unión Internacional de Telecomunicaciones.