Page 16 - GUIA DE PUBLICIDAD EXTERIOR VISUAL Y PERIFONEO - BORRADOR
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6. Características técnicas y condiciones para la autorización e
instalación de Publicidad Exterior Visual.
6.1 Fundamento
De conformidad con lo definido en los artículos 1 y 15 de la Ley 140 de 1994, la publicidad
exterior visual es el medio masivo de comunicación destinado de informar o llamar la
atención del público utiliza elementos visuales como leyendas, inscripciones, dibujos,
fotografías, signos o similares, visibles desde las vías de uso o dominio público, bien sean
peatonales o vehiculares, terrestres, fluviales, marítimas o aéreas.
6.1.1 Publicidad estática menor a 8 m 2
Se denomina publicidad estática, todo anuncio permanente o temporal utilizado como
medio masivo de comunicación, que permite difundir mensajes publicitarios, cívicos,
comerciales, turísticos, culturales, políticos institucionales, artísticos, informativos o
similares; que se coloca para su apreciación visual en lugares exteriores y que se
encuentra montado sobre una estructura metálica u otro material estable con sistemas
fijos; el cual se integra física, visual, arquitectónica y estructuralmente al elemento que lo
soporta.
1. Debe estar construidos en materiales resistentes.
2. Su ensamble debe estar construido sobre una estructura metálica u otro material
estable, instalada con sistemas fijos resistentes a los fenómenos de la naturaleza.
3. Toda valla comercial cuya publicidad por mandato de la ley 140 de 1994 requiera
un mensaje específico referente a salud, medio ambiente, cultural y/o cívico,
Deberá dedicar como mínimo, el diez por ciento (10%) de su área total o
del tiempo de exposición cuando sean electrónicas, a la inclusión de
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