Page 18 - GUIA DE PUBLICIDAD EXTERIOR VISUAL Y PERIFONEO - BORRADOR
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4. La publicidad destinada a ofrecer bienes y servicios no debe promover la
competencia desleal.
5. El horario establecido para la entrega de publicidad al peatón es de lunes a
domingo de 8 a.m. a 7 p.m.
6. La solicitud de permiso debe incluir la cifra estimada de publicidad entregada
diariamente.
Para vehículos particulares que anuncian productos o prestación de servicios en
desarrollo del objeto social empresarial.
7. La instalación, pintura o adhesión de avisos o letreros en vehículos automotores,
en ningún caso se podrá adicionar o modificar el ancho y/o la longitud original del
vehículo, superar la medida máxima de 8 m2 ni podrá ocupar un área superior a los
costados sobre el cual se ha fijado.
8. La disposición del aviso móvil debe realizarse de tal manera que no obstaculice la
visibilidad de las placas de identificación del vehículo u ocasione errores en su lectura.
9. No podrá instalarse avisos móviles en la capota de los vehículos ni en la tapa del
motor y maletero.
10. Si se recubren los vidrios, deberá utilizarse un material que permita la visibilidad
total desde el interior del vehículo hacia el exterior en material micro perforado.
Para vehículos destinados al servicio público de transporte escolar.
11. No podrán portar publicidad exterior visual móvil diferente a los distintivos y colores
de la empresa y los específicos del tipo de servicio que presta.
Para automóviles destinados al servicio público de transporte y taxi se podrán adherir,
instalar o pintar avisos o letreros en las superficies laterales y posteriores exteriores del
vehículo cumplimiento los siguientes parámetros
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