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Su Fideicomiso




            Ya ha escuchado frases como “Se cayó el trato del depósito en garantía” o “Estamos esperando a que el fideicomiso este listo
            a cerrar”. Entonces, ¿Qué es el Fideicomiso? Y ¿qué significa para el comprador o el vendedor?

            Como definiría Webster, plica es: “Un contrato u otro acuerdo escrito y asignado ante una tercera persona, por los que se va a
            obedecer el cumplimiento de las condiciones de contrato...”

            El deber de la compañía de título y/o depósito de garantía es la de actuar como una tercera parte neutral, mantener los docu-
            mentos y el dinero como lo exige el contrato de compra, hasta que todos los términos y condiciones del contrato se hayan
            cumplido y el titulo de la propiedad esté en condición asegurable. Entonces se hace la transferencia del vendedor al compra-
            dor. La compañía de Título / fideicomiso no trabajan para el vendedor, ni para el comprador, sin embargo son empleados por
            ambas partes y actúan solamente sobre mutuo acuerdo por las instrucciones escritas del Comprador y el Vendedor. Los com-
            pradores y vendedores depositan el dinero correspondiente en la compañía de título al igual que otros documentos, recibos
            e instrucciones escritas generalmente en la forma de contrato de compra y adiciones al contrato. En Arizona, una compañía
            de título, o una compañía de fideicomiso, en lugar de un abogado, sirve este propósito, mientras que algunos estados todavía
            utilizan abogados.


            Arizona no realiza el cierre de “mesa”. Las compañías de título preparan la documentación necesaria, incluyendo los documen-
            tos estándar, como la escritura de traspaso, Declaración Jurada de Valor y de la Declaración de Identidad. Estos son firmados
            mucho antes de la fecha de cierre real especificado en el contrato de compra para no dejar requisitos de última hora, así solo
            dejarán hasta el final los documentos de préstamo y divulgaciones preparados por el prestamista para ser firmado justo antes
            de la registración de título. Cuando llegue a la fecha de firmar los documentos del prestamista y compañía de título, por lo
            general es la misma semana o unos días antes de la fecha de cierre establecido en el contrato llamado “cierre de la plica”.
            En Arizona, “cierre” o “cierre de la plica” se considera como la registración de todos los documentos de de préstamos y título,
            en cuanto se registran, como se especifica en el Contrato de Compra AAR. Algunos prestamistas pueden referirse al “cierre”
            a medida que se firmaron los documentos del préstamo. Si usted está obteniendo un nuevo préstamo, el paquete de présta-
            mo firmado debe ser devuelto a la entidad crediticia para su revisión y posterior financiación del préstamo. Solo ese proceso
            puede tardar varias horas o varios días, dependiendo de los requisitos del prestamista individual. Lo mejor es estar en frecuente
            contacto con su Agente de Bienes Raíces, su prestamista y su compañía de título dos semanas antes de su cierre programado de
            la fecha de depósito en garantía para asegurar un cierre puntual.


            Tras el recibimiento de todos los “BUENOS FONDOS”, incluyendo pero no limitado a, los fondos de cierre de adquisición,
            los recursos del préstamo y el cumplimiento de todas las condiciones y contingencias de la compañía de título, los documentos
            se liberan para el registro de título. Muchas compañías de título en el Condado de Maricopa y Pinal, incluyendo Driggs Title,
            registra electrónicamente. Los documentos se escanean y se transmiten a la Oficina del Registrador del Condado de Maricopa.
            Tras la notificación por el Registrador del Condado que se han registrado los documentos, todos los fondos se desembolsan y
            paquetes de cierre finales se proporcionan a todas las partes.

            Todos los fondos de cierre deben estar en la forma de un cheque de cajero o cheque certificado provinientes de una entidad
            bancaria o caja de ahorros, o una transferencia bancaria. Los cheques personales no serán considerados “BUENOS FON-
            DOS”* hasta que nuestro banco haya sido notificado que los fondos han sido depositados y están disponibles para su uso.
            Dependiendo del tipo de cheque y la ubicación del banco o institución de la que se extrajeron los fondos, esto puede tomar de
            tres (3) a diez (10) días hábiles después de que los fondos están depositados en el fideicomiso. Planee con anticipación para
            que los fondos necesarios esten disponibles al momento del cierre para que la compensación de cheques no sea un problema
            que retrase su cierre. Si usted tiene más preguntas, consulte a su Agente de Bienes Raíces o el Oficial del fideicomiso.

            (En pocas palabras, el fideicomiso es la participación de un tercero imparcial en una transacción de bienes raíces. El
            concepto básico de depósito en garantía es asegurar que tanto el comprador y el vendedor están protegidos durante
            los servicios de transacción inmobiliaria.(*Ver la ley de Buenos Fondos de Arizona incluído en este panfleto para los
            requisitos específicos de fondos financieros)


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