Page 58 - Convocatoria y Cartilla - Asamblea General Park26
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Además, el Código de Comercio establece en el artículo 209 la obligación de pronunciarme
             sobre el cumplimiento de normas legales e internas y sobre lo adecuado del control interno.

             Mi trabajo se efectuó mediante la aplicación de pruebas para evaluar el grado de cumplimiento
             de las disposiciones legales y normativas por la administración de la Copropiedad, así como del
             funcionamiento  del  proceso  de  control  interno,  el  cual  es  igualmente  responsabilidad  de  la
             administración. Para efectos de la evaluación del cumplimiento legal y normativo se revisaron
             mensualmente todos los documentos soporte y no se dejó de asistir al Conjunto durante la época
             de cuarentenas.

             Se dio cumplimiento por parte de los órganos de administración de acuerdo con lo establecido
             en la Ley 675/01, el Reglamento de la Copropiedad y la Aplicaciones de las demás normas que
             los regulan; se dio cumplimiento a la elaboración del acta de Asamblea celebrada el año anterior,
             y las actas del consejo de administración, las cuales se encuentran debidamente registradas en
             el libro oficial.

             Los Estados financieros en su juego completo, fueron presentados acompañados con el informe
             de Cartera y la Ejecución presupuestal, y reposan en la oficina de administración bajo su control
             y custodia;

             El Fondo de Imprevistos cumplió de acuerdo con la provisión que contempla la Ley 675/01 en
             su Art. 35, dineros que se encuentran consignados en cuenta separada, su composición se
             observa en las notas de los Estados Financieros.

             Retención en la fuente. Se ha cumplido el recaudo y presentación oportuna de la retención en
             la fuente sobre los bienes y servicios recibidos, aplicando en forma adecuada las bases y tarifas
             vigentes.

             Los reportes de información tributaria exógena en medios electrónicos a la DIAN – Dirección de
             Impuestos y Aduanas Nacionales, se presentaron dentro de los tiempos establecidos, quedando
             el soporte de la información generada y bajo la custodia de la administración;

             En relación con lo ordenado en la Ley 603 de 2000 sobre derechos de autor, manifiesto que la
             administración cumplió con su obligación en el software de Office y el programa de contabilidad
             Sisco, están debidamente licenciados;

             La Copropiedad para el año 2020 dio cumplimiento a lo establecido en el Decreto 1072 de 2015,
             el cual obliga a todas las empresas a implementar un Sistema de Gestión de Seguridad y Salud
             en el Trabajo, donde se hace un reconocimiento permanente de las condiciones de trabajo; La
             copropiedad  tiene  un  contrato  con  la  empresa  Gestión  efectiva  SAS.,  quien  ha  bridado  la
             asesoría y capacitaciones respecto a este tema a la administración.

             Según lo establecido en la Ley 675/01 en su Art. 15, toda Copropiedad está en la obligación de
             realizar la Constitución de Pólizas de Seguros de Áreas Comunes, del Conjunto Residencial
             Park 26 P.H., ha dado cumplimiento en la normatividad; cuenta actualmente con la póliza de
             áreas comunes No 24952 con la aseguradora Axa Colpatria y que cubre una vigencia del 16 de
             diciembre de 2020 al 31 de diciembre de 2021, se amplió la cobertura 15 días más para tener

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