Page 60 - Convocatoria y Cartilla - Asamblea General Park26
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acuerdo  con  las  autorizaciones  de  la  administración  (administradora  y  Consejo  de
             administración),  las  cuales  han  sido  auditadas  por  esta  Revisoría  Fiscal  para  mantener
             inspecciones de las disposiciones aprobadas.

             Esta conclusión se ha formado con base en las pruebas practicadas para establecer si se ha
             dado cumplimiento a las disposiciones legales y estatutarias, y a las decisiones de la asamblea
             y el consejo de administración, y si mantiene un sistema de control interno que garantice la
             efectividad  y  eficiencia  de  las operaciones,  la  confiabilidad  de  la  información  financiera  y  el
             cumplimiento de las leyes y regulaciones aplicables.

             Concluyo  manifestando  el  cumplimiento  de  las  normas  legales  e  internas,  el  logro  y  la
             optimización de los recursos; dejando constancia en el presente Dictamen el trabajo realizado
             por el consejo de administración como Gobierno Corporativo para toma de decisiones sobre la
             ejecución del presupuesto, y otras determinaciones en busca del logro de los objetivos para el
             Conjunto Residencial Park 26 PH.

             Alcance  por  Emergencia  Sanitaria  ocasionado  por  Covid  19  y  su  impacto  en  los  Estados
             Financieros
             Es importante mencionar que a pesar de la situación de emergencia nacional provocada por la
             pandemia Covid 19, que entró al país el pasado 6 de marzo de 2020, según registros oficiales,
             los estados financieros al cierre del periodo fiscal año 2019, no se vieron afectados por esta
             situación.

             El primer caso identificado en Colombia se informó por parte del Ministerio de Salud el 6 de
             marzo  de  2020,  fecha  desde  la  cual  se  expidieron  decretos  de  aislamiento  y  emergencia
             sanitaria  que  restringían  la  movilidad  de  los  nacionales  colombianos  y  donde  mediante  el
             resolución 385 del 12 de marzo de 2020, también mediante resolución 666 del 24 de abril de
             2020 se establecieron protocolos generales de bioseguridad que debían ser implementados por
             todas las actividades económicas, sociales y sectores de administración pública con el fin de
             mitigar la propagación del virus y los cuales fueron adoptadas por los órganos de administración
             de la copropiedad.

             De igual forma, el gasto por covid-19 se dejó presupuestado en el proyecto presupuesto 2020
             por lo cual se ve reflejado en el estado de resultados.

             Por  último,  según  las  medidas  transitorias  hasta  el  30  de  junio  de  2020  para  la  propiedad
             horizontal según el Decreto 579 del 15 de abril de 2020 en su artículo No 7, la copropiedad, el
             Conjunto Residencial Park 26 PH., no hizo uso de los recursos del Fondo de Imprevistos para
             atender sus obligaciones.

             Cordialmente,




             Horacio Vargas Cantor
             Revisor Fiscal T.P 47840-T

             Bogotá, Colombia Dictamen suscrito el 17 de Marzo de 2021.
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