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Cívica - Economía 4° Secundaria
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SEMANA
1. PARTIDOS POLÍTICOS
De acuerdo a la Ley de Organizaciones Políticas N° 28094, los partidos políticos son asociaciones de
ciudadanos que constituyen personas jurídicas de derecho privado cuyo objeto es participar por medios
lícitos, democráticamente, en los asuntos públicos del país. Algunos de sus principales fines y objetivos
son:
Asegurar la vigencia y defensa del sistema democrático.
Contribuir a preservar la paz, la libertad y la vigencia de los derechos humanos.
Representar la voluntad de los ciudadanos y canalizar la opinión pública.
Realizar actividades de educación, formación, capacitación con el objeto de forjar una cultura cívica y
democrática.
Participar en procesos electorales.
Contribuir con la gobernabilidad del país.
ORGANIZACIONES POLÍTICAS (Ley N° 28094 actualizada al 2016)
A cargo del Jurado Nacional de Elecciones,
Requisitos: Acta de fundación, la relación de adherentes, las actas de
constitución de los comités partidarios, el Estatuto del partido, etc.
Firmas: En el caso de partidos políticos, se deberá presentar una relación de
adherentes en un número no menor del cuatro por ciento (4%) de los ciudadanos
que sufragaron en las últimas elecciones de carácter nacional;
En el caso de movimientos regionales u organizaciones políticas locales, será de
REGISTRO DE LAS
ORGANIZACIONES 5% de los ciudadanos que sufragaron en las últimas elecciones nacionales en el
ámbito donde llevarán a cabo sus actividades. La verificación de firmas para los
POLÍTICAS
partidos políticos la realiza la ONPE y la verificación de firmas para los
movimientos regionales y las organizaciones políticas locales la realiza el
RENIEC.
Impedidos: las organizaciones políticas cuyo contenido ideológico, doctrinario o
programático promueva la destrucción del estado constitucional de derecho o
intenten menoscabar las libertades y los derechos fundamentales consagrados
en la Constitución.
Alianzas:
Los partidos pueden hacer alianzas con otros partidos debidamente inscritos,
con fines electorales y bajo una denominación común, para poder participar en
cualquier tipo de elección popular.
ALIANZAS Y Las alianzas entre movimientos participan en elecciones regionales y
FUSIONES municipales.
Las alianzas entre organizaciones políticas locales participan en elecciones
municipales únicamente.
Fusiones:
Los partidos pueden fusionarse con otros partidos o movimientos políticos
debidamente inscritos.
TIPOS DE Los Partidos Políticos pueden participar en todo tipo de elecciones a nivel
ORGANIZACIONES nacional, regional y local.
POLÍTICAS SEGÙN Los movimientos son las organizaciones políticas de alcance regional o
departamental y pueden participar en las elecciones regionales o municipales.
ALCANCE
POLÌTICO - Las organizaciones políticas locales son las de alcance provincial o distrital y
pueden participar en las elecciones municipales.
ADMINISTRATIVO Las alianzas electorales
DEMOCRACIA La elección de autoridades y candidatos de los partidos y movimientos regionales
INTERNA o departamentales deben regirse por las normas de democracia interna.
En las listas de candidatos para cargos de dirección del partido, así como para
los candidatos a cargos de elección popular, el número de mujeres u hombres no
puede ser inferior al 30% del total de candidatos.
Los partidos políticos reciben financiamiento público y privado. (a partir del
ejercicio presupuestal 2017)
Las organizaciones políticas, en el marco de un proceso electoral están
prohibidas de efectuar la entrega, promesa u ofrecimiento de dinero, regalos,
dádivas u otros obsequios de naturaleza económica, de manera directa o a
través de terceros. Esto se extiende a los candidatos a cualquier cargo público
de origen popular, y será sancionado por el Jurado Nacional de Elecciones con la
exclusión del proceso electoral correspondiente.
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