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DIRECCIÓN DE SERVICIOS DE NAVEGACIÓN AÉREA
Código: DSNA-MA-001
MANUAL DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD OPERACIONAL Versión: 1.0
(SMSM) DEL ATSP
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CAPITULO 2 - GENERALIDADES
2.1. INTRODUCCIÓN AL MANUAL - SMSM
2.1.1 CONCEPTO DE SEGURIDAD OPERACIONAL
2.1.1.1 Dependiendo de la perspectiva, el concepto de seguridad operacional en la aviación puede tener
connotaciones diferentes, por ejemplo:
a) Ningún accidente o incidente grave — opinión que sostiene ampliamente el público viajero;
b) ausencia de peligros o riesgos, es decir de aquellos factores que causan o que probablemente
causen daños;
c) actitud de los empleados respecto de actos y condiciones inseguras(que reflejan una cultura
“segura” de la Organización);
d) modos de evitar errores; y
e) cumplimiento de las normas.
2.1.1.2 Cualquiera sea la connotación, todas tienen un carácter subyacente común: la posibilidad del
control absoluto. La ausencia de accidentes, de peligros, etc., transmite la idea de que sería posible —
por diseño o intervención — tener bajo control, en los contextos operacionales de la aviación, todas las
variables que puedan precipitar resultados malos o perjudiciales. No obstante, si bien la eliminación de
accidentes o incidentes graves y el logro del control absoluto son ciertamente deseables, son también
objetivos que NO pueden lograrse en contextos operacionales abiertos y dinámicos. Los peligros son
componentes integrales de los contextos operacionales aeronáuticos.
21.1.3 Por tanto, los riesgos para la seguridad operacional y los errores operacionales que se controlan
a un grado razonable, son aceptables por la Autoridad en un sistema inherentemente seguro.
2.1.1.4 La seguridad operacional procura mitigar en forma proactiva los riesgos inherentes a las
actividades operativas antes de que resulten en accidentes e incidentes de aviación.
(Doc. 9859 4ta edición)
2.1.1.5 La seguridad operacional es resultado de la gestión de los procesos de una organización, con el
objetivo de mantener bajo control los riesgos inherentes a la actividad operacional a ser desarrollada.
Así pues, se considera que la seguridad operacional tiene el siguiente significado:
2.1.1.6 Seguridad Operacional: Estado en el que los riesgos asociados a las actividades de aviación
relativas a la operación de aeronaves, o que apoyan directamente dicha operación, se reducen y
controlan a un nivel aceptable. (Anexo 19 2da edición y Doc. 9859 4ta edición)
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Elaborado por: | Dirección de Servicios de Navegación Aérea