Page 18 - Tema # 1 Generalidades de las Brigadas Locales de Respuesta BRILOR_Neat
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Sistema Nacional para la Prevención, Mitigación y Atención de Desastres




























                                7. Convocar a los miembros del Contingente o Brigada en casos de






                                alerta o de desastre declarado por el Alcalde o el Consejo Municipal,






                                pasar lista antes y después de las operaciones de búsqueda y rescate.














                                8. Establecer el rol de guardia en casos de declaratoria de alerta o de







                                desastre.














                                9. Establecer las guardias de honor que deban realizarse en los






                                funerales de alguno de los miembros del Contingente o las Brigadas.














                                10. Coordinar y planificar con la CD – SINAPRED los cursos, talleres,






                                simulaciones y simulacros que deban realizarse como parte del






                                entrenamiento y capacitación permanente de los miembros.














                                11. Dar ejemplo de disciplina y de valor a sus compañeros de trabajo.















                                12. Tener conocimiento de las amenazas y riesgos existentes en su






                                territorio.














                                13. Velar por la seguridad de los miembros de su (s) Brigada (s) en los






                                procesos de capacitación y durante la realización de las acciones de






                                respuesta ante un desastre.


















                     Art. 9 De la Comisión Disciplinaria: La Comisión Disciplinaria estará






                     integrada por el Alcalde o el auxiliar que el designe, dos concejales y un






                     representante designado por la Comisión de Operaciones Especiales del






                     Municipio. La Comisión Disciplinaria será la encargada de sancionar las faltas







                     graves de incumplimiento o violación de los valores, prohibiciones y deberes






                     de los miembros de las Brigadas consignados en el presente reglamento. La






                     comisión Disciplinaria deberá actuar en todo momento garantizando los






                     principios de presunción de inocencia, debida prueba y defensa, la que






                     estará a cargo del inculpado y del defensor que designe la Comisión






                     Disciplinaria. Sus actuaciones deberá reglamentarlas.














                     La Comisión Disciplinaria conocerá los casos de presunción de faltas graves






                     que sean denunciados y llevados a esa instancia por el jefe de Continente o






                     de Brigada si no hubiere la primera.
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