Page 18 - Tema # 1 Generalidades de las Brigadas Locales de Respuesta BRILOR_Neat
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Sistema Nacional para la Prevención, Mitigación y Atención de Desastres
7. Convocar a los miembros del Contingente o Brigada en casos de
alerta o de desastre declarado por el Alcalde o el Consejo Municipal,
pasar lista antes y después de las operaciones de búsqueda y rescate.
8. Establecer el rol de guardia en casos de declaratoria de alerta o de
desastre.
9. Establecer las guardias de honor que deban realizarse en los
funerales de alguno de los miembros del Contingente o las Brigadas.
10. Coordinar y planificar con la CD – SINAPRED los cursos, talleres,
simulaciones y simulacros que deban realizarse como parte del
entrenamiento y capacitación permanente de los miembros.
11. Dar ejemplo de disciplina y de valor a sus compañeros de trabajo.
12. Tener conocimiento de las amenazas y riesgos existentes en su
territorio.
13. Velar por la seguridad de los miembros de su (s) Brigada (s) en los
procesos de capacitación y durante la realización de las acciones de
respuesta ante un desastre.
Art. 9 De la Comisión Disciplinaria: La Comisión Disciplinaria estará
integrada por el Alcalde o el auxiliar que el designe, dos concejales y un
representante designado por la Comisión de Operaciones Especiales del
Municipio. La Comisión Disciplinaria será la encargada de sancionar las faltas
graves de incumplimiento o violación de los valores, prohibiciones y deberes
de los miembros de las Brigadas consignados en el presente reglamento. La
comisión Disciplinaria deberá actuar en todo momento garantizando los
principios de presunción de inocencia, debida prueba y defensa, la que
estará a cargo del inculpado y del defensor que designe la Comisión
Disciplinaria. Sus actuaciones deberá reglamentarlas.
La Comisión Disciplinaria conocerá los casos de presunción de faltas graves
que sean denunciados y llevados a esa instancia por el jefe de Continente o
de Brigada si no hubiere la primera.