Page 19 - Tema # 1 Generalidades de las Brigadas Locales de Respuesta BRILOR_Neat
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Sistema Nacional para la Prevención, Mitigación y Atención de Desastres


































                               Art. 10 De las faltas graves y sanciones: Son Faltas Graves.














                               1. La desobediencia y la insubordinación.














                               2. La embriaguez consuetudinaria en la oficina de la BRIMUR o durante la






                                          atención de un desastre, por ingestión de alcohol o cualquier otra







                                          droga psicotrópica.














                               3. La malversación de fondos, materiales o equipos pertenecientes a la






                                          BRIMUR.














                               Las sanciones podrán ser la separación temporal o definitiva.










                           Art. 11 De la identificación de las Brigadas: Las Brigadas Municipales de






                           Respuesta se identificarán con el acrónimo BRIMUR, como partes integrales






                           del Sistema Nacional para la Prevención, Mitigación y Atención de Desastres







                           (SINAPRED). A continuación de BRIMUR, abajo deberá seguir el nombre del






                           Municipio y más abajo, por último, deberá leerse SINAPRED, siglas que






                           deberán constar también en las gorras y cascos de protección. Como






                           ejemplo, las Brigadas del Municipio de Managua, la ciudad Capital, se






                           identificará como sigue:














                                                                                                                                                                               BRIMUR






                                                                                                                                                                             Managua






                                                                                                                                                                           SINAPRED













                  Art. 12 De los premios y reconocimientos: El consejo Municipal o el Alcalde






                  establecerán por medio de ordenanza o bando, según sea el caso, los






                  premios, reconocimientos o beneficios que se concedan a los miembros de






                  las Brigadas Municipales de Respuesta (BRIMUR).














                  El Alcalde dispondrá los honores que deben rendirse a los jefes de






                  Contingente o de Brigadas fallecidos.















                  A los brigadistas que murieren durante el trabajo de respuesta a un desastre,






                  o como consecuencia de accidente sufrido en él, se les tributará honores y se






                  les reconocerá los beneficios correspondientes.
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