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Que ―La Corte Constitucional ha reiterado a lo largo de la
jurisprudencia, en el sentido de considerar que quien se matrícula en
un Centro Educativo, con el objeto de ejercer el derecho Constitucional
fundamental que lo ampara, contrae por ese mismo hecho obligaciones
que debe cumplir, de tal manera que NO puede invocar el mencionado
derecho para excusar las infracciones en que incurra. Corte
Constitucional, Sentencia T- 235 de 1997.
61. El estudiante o La Estudiante, tienen como compromiso
presentar por escrito excusa a la coordinación por inasistencia
a clase debido a incapacidad médica por calamidad domestica
debidamente justificada.
62.El estudiante o la Estudiante, tienen como compromiso permanecer
en el salón durante las sesiones de clases y asumir una actitud de interés
constante, orientado a complementarla, establecer diálogos,
comparar, reflexionar, brindar juicios sanos y críticas constructivas
basadas en el conocimiento, la zona de desarrollo próximo y el
contexto.
63. El estudiante o La Estudiante, tienen como compromiso
mantener una excelente presentación, aseo e higiene personal,
portando cada prenda del uniforme en su lugar y dándole el uso
para el cual fue diseñada de acuerdo al clima y a la tarea para
la cual la prenda de vestir fue diseñada.
64. El estudiante o La Estudiante, tienen como compromiso reparar los
daños que cause a la planta física, el mobiliario o al material didáctico.
65. El estudiante o La Estudiante, tienen como compromiso
conservar paredes, puertas, jardín, pasillos y demás áreas
comunes así como el parque y canchas deportivas así como la
zona de recreación y otros en perfecto estado.
66. El estudiante o La Estudiante, tienen como compromiso
conocer y cumplir con las funciones que le sean asignadas como
Monitor y/o líder de grupo, al comité que pertenezca
Inteligencias Múltiples