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                  54.  35. Es importante resaltar, que es físicamente imposible el
                  acudir  a  enumerar  todos  y  cada  uno  de  los  elementos  o

                  actuaciones constitutivas de faltas leves, graves o muy graves,
                  así como enumerar de manera taxativa todas y cada una de las

                  acciones u omisiones, que se constituyen como faltas y a la vez,

                  como situaciones Tipo III, y describirles de manera inequívoca
                  y      especifica         dentro        del      presente         MANUAL              DE
                  CONVIVENCIA ESCOLAR

                  55.

                  56.

                  57.  [1] Artículo 209 del Código Penal Colombiano.


                  58.  [2] Pornografía infantil.



                  59.  [3] Artículos 376, 378 y 381 del Código penal colombiano; Ver artículos
                  7º; 26º; 27º; 34º; 38º; de ley 1801 de 2016 o Código Nacional de Policía; y ver
                  también Incluso la Ley 745 de 2002, genera multas para los Padres de menores de
                  14 años, (tercero civilmente responsable) y para los adolescentes mayores de 14
                  años,  (judicializables)  que  consuman,  porten  o  almacenen,  estupefacientes  o
                  sustancias  que  generen  dependencia.  La  sanción  corresponde  entre  4  a  8
                  salarios mínimos mensuales vigentes. Ver artículos 2°, 4°, 6°, 9°, de Ley 745 de
                  2002, y artículos 180º y 181º de ley 1801 de 2016 o código Nacional de Policía.


                  60.  [4] Artículos 27º; 33º; 38º; 39º; 40º; 43º; 92 numeral 11º; 180º; y 181º; de
                  ley 1801 de 2016 o Código Nacional de Policía.


                  61.  [5]  Artículos 376, 378 y 381 del Código penal colombiano; Ver artículos
                  7º; 26º; 27º; 34º; 38º; de ley 1801 de 2016 o Código Nacional de Policía; y ver
                  también Incluso la Ley 745 de 2002, genera multas para los Padres de menores de
                  14 años, (tercero civilmente responsable) y para los adolescentes mayores de 14
                  años,  (judicializables)  que  consuman,  porten  o  almacenen,  estupefacientes  o
                  sustancias  que  generen  dependencia.  La  sanción  corresponde  entre  4  a  8
                  salarios mínimos mensuales vigentes. Ver artículos 2°, 4°, 6°, 9°, de Ley 745 de
                  2002, y artículos 180º y 181º de ley 1801 de 2016 o código Nacional de Policía.


                  62.  [6] Artículo 18 de ley 1098 de 2006.








                                                                          Inteligencias Múltiples
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