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MP_GER_01 1.0
GERENCIA MANUAL DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS Fecha: 25/11/2020
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PG_GDE_02 PROCESO DE ADMISIÓN POR CONTINUACIÓN DE ESTUDIOS DE GRADO
1 OBJETO Y ALCANCE
explícita de la Gerencia. NOTA: El presente documento se distribuye como copia no controlada. La edición en vigor debe consultarse a través del gestor documental del ACRS.
Objeto: Desarrolla el proceso relativo a la admisión por continuación de estudios universitarios
oficiales de grado ofertados por el Centro. Se dirige a aquellos estudiantes que, siendo su
titulación una de las que se enmarcan en la rama de conocimiento de ciencias sociales y
jurídicas, pueden solicitar continuar sus estudios en alguna de las titulaciones de grado
ofertadas por el Centro. Los estudios de origen del estudiante pueden proceder de
universidades españolas y universidades extranjeras, así como de Centros de la UAM.
Alcance:
Estudiantes que hayan cursado parcialmente estudios procedentes de otras universidades
españolas dentro de la misma rama de conocimiento.
Estudiantes que hayan cursado parcialmente estudios procedentes de otros Centros de la UAM
dentro de la misma rama de conocimiento.
Estudiantes con estudios finalizados o cursados parcialmente procedentes de universidades
extranjeras.
Administración del Centro.
Comisión creada al efecto por el Centro.
Decano o Decana del Centro, por delegación del Rector o Rectora
2 DEFINICIONES
Solicitud ADG-Admisión por continuación de estudios de grado: Trámite mediante el cual el
estudiante solicita formalmente continuar sus estudios oficiales de grado, y cuyos estudios
universitarios españoles o extranjeros de origen pertenecen a la misma rama de conocimiento.
Certificación académica personal: Documento acreditativo de los estudios cursados por el
estudiante y que servirá, de un lado, para verificar el cumplimiento de los requisitos
académicos necesarios para la admisión a trámite de la solicitud y, de otro, para valorar la
trayectoria y rendimiento académico del estudiante.
Declaración de equivalencia de nota media del expediente académico: Documento expedido
por el Ministerio de Educación y FP que acredita la nota media del expediente del estudiante
que cursa estudios universitarios extranjeros.
Tasa de traslado de expediente: Documento que acredita haber abonado en la universidad
española de origen la tasa administrativa en concepto de traslado de expediente. Dicha
tasa, no será de aplicación a los estudios procedentes de universidades extranjeras, así
como los que han sido cursados en Centros de la UAM.
Resolución y comunicación de la solicitud: Fase del procedimiento por la que el Decano o
Decana resuelve las solicitudes de admisión por continuación de estudios de grado. La
resolución hará constar la relación de estudiantes a los que se haya estimado y desestimado
su petición, todo ello con arreglo a los criterios de valoración establecidos. El acto de
comunicación de la resolución al estudiante se realizará mediante publicación en el tablón
electrónico y, en caso de ser desestimada, la resolución deberá estar debidamente motivada.
GERENCIA – AREA DE CALIDAD Y RESPONSABILIDAD SOCIAL