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                  GERENCIA       MANUAL DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS              Fecha: 25/11/2020
       AVISO: Este documento es propiedad del Área de Calidad y Responsabilidad Social (ACRS) de la Universidad Autónoma de Madrid. Queda prohibida su difusión total o parcial sin una autorización
                                                                                         Página 137 de 310


                   Para el caso de estudiantes procedentes de estudios de otras universidades extranjeras.
                           Mayor número de créditos reconocidos.
                           Mejor expediente académico, en el caso de igual número de créditos reconocidos.
         explícita de la Gerencia. NOTA: El presente documento se distribuye como copia no controlada. La edición en vigor debe consultarse a través del gestor documental del ACRS.

              Tras el estudio y valoración de las solicitudes presentadas, la comisión elaborará una propuesta de
              resolución en la que se expondrá la relación de estudiantes cuya solicitud se propone que sea estimada
              o desestimada. La propuesta se elevará a definitiva mediante resolución firmada por el Decano o Decana
              del Centro y será comunicada a los estudiantes mediante su publicación en el tablón electrónico. En caso
              de ser desestimada la solicitud, la resolución deberá estar debidamente motivada.

                  Resolución de solicitudes dictada por el Decano o Decana del Centro, por delegación del Rector.

              Del sentido de la resolución dictada por el Decano o Decana, se derivarán los siguientes efectos en el
              procedimiento:

                   Si la resolución es favorable, se concederá la admisión por continuación de estudios de grado y,
                     en consecuencia, el estudiante quedará en disposición de poder formalizar su matrícula. Solo
                     para el caso de estudios procedentes de universidades españolas (excluidos los Centros de la
                     UAM), la formalización de la matrícula quedará condicionada a la previa acreditación de haber
                     abonado en la universidad de origen la tasa en concepto de traslado de expediente.

                   Si la resolución es desfavorable, se denegará la admisión por continuación de estudios de grado
                     y, contra dicha resolución,  podrá interponerse por el estudiante y en vía administrativa, un
                     recurso potestativo de reposición.

              De  interponerse  el  recurso  potestativo  de  reposición,  se  derivarán  los  siguientes  efectos  en  el
              procedimiento:

                   Resolución estimatoria. Se estimarán las pretensiones del estudiante respecto a su solicitud de
                     admisión por continuación de estudios de grado.

                   Resolución  desestimatoria.  Se  desestimarán  las  pretensiones  del  estudiante  respecto  a  su
                     solicitud de admisión por continuación de estudios de grado y, contra dicha resolución, podrá
                     interponerse  recurso  contencioso-administrativo,  sin  perjuicio  del  recurso  extraordinario  de
                     revisión.



















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