Page 135 - ML_GER_01_Manual de procedimientos Administrativos v1.0
P. 135
Código Versión
MP_GER_01 1.0
GERENCIA MANUAL DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS Fecha: 25/11/2020
AVISO: Este documento es propiedad del Área de Calidad y Responsabilidad Social (ACRS) de la Universidad Autónoma de Madrid. Queda prohibida su difusión total o parcial sin una autorización
Página 135 de 310
verificar, de un lado, el cumplimiento de los requisitos (tener reconocidos un mínimo de 30
créditos ECTS) para su admisión a trámite y, de otro, valorar el rendimiento académico en caso
de darse en un proceso de concurrencia competitiva.
explícita de la Gerencia. NOTA: El presente documento se distribuye como copia no controlada. La edición en vigor debe consultarse a través del gestor documental del ACRS.
2. Para los dos supuestos expuestos, también se contempla la siguiente documentación:
Resolución del Decano o Decana en la que se expondrá la relación de estudiantes cuya solicitud
haya sido estimada o desestimada. La resolución será comunicada a los estudiantes mediante
publicación en el tablón electrónico.
Recurso administrativo de alzada ante el Rector o Rectora frente a la resolución desestimatoria
de la solicitud de cambio de turno.
Calendario Académico y de Matrícula UAM.
Calendario de Trámites Administrativos de la Facultad de Derecho.
Guía informativa del curso y estudios.
4 DESARROLLO
Presentación de solicitudes de admisión por continuación de estudios de grado por parte de los
estudiantes.
El plazo de presentación de solicitudes queda fijado en el Calendario Académico y de Matrícula que el
Consejo de Gobierno aprueba cada curso académico. De igual modo, el Calendario de Trámites
Administrativos del Centro fija, además del plazo de presentación de solicitudes, el plazo de resolución
de las mismas.
La solicitud normalizada para este trámite puede descargarse vía on line u obtenerse físicamente a través
de la Administración del Centro.
La solicitud, junto con la documentación requerida para su admisión a trámite, debe ser formalmente
presentada y registrada conforme a lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Admisión a trámite de solicitudes por parte de la Administración.
Respecto al cumplimiento de los requisitos necesarios para la admisión a trámite de las solicitudes, se
podrán contemplar los siguientes estados del procedimiento:
Si se cumplen los requisitos de admisión a trámite de la solicitud. Tras comprobarse en el
trámite de presentación de la solicitud que la misma se formaliza debidamente en tiempo y
forma (requerimiento de datos a cumplimentar en la instancia y/o documentos que se puedan
aportar para su valoración), además de cumplirse los requisitos (I) exigidos según los supuestos
que se contemplan. En este supuesto, la solicitud es admitida a trámite para su valoración por
la comisión creada al efecto.
GERENCIA – AREA DE CALIDAD Y RESPONSABILIDAD SOCIAL