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GERENCIA MANUAL DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS Fecha: 25/11/2020
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matriculados no supere el máximo establecido en la planificación oficial del programa para un curso
académico.
De manera excepcional, el estudiante podrá matricular un número de créditos inferior o
explícita de la Gerencia. NOTA: El presente documento se distribuye como copia no controlada. La edición en vigor debe consultarse a través del gestor documental del ACRS.
superior al fijado en los epígrafes precedentes para su régimen de dedicación, siempre y cuando
cuente con la autorización del decano o director del Centro, a quien deberá dirigir por escrito
una solicitud razonada antes de formalizar la matrícula.
Referido a los criterios (no parametrizables en SIGMA) de matriculación que se contemplan en la
normativa de matrícula del Centro, mencionar los siguientes:
La letra asignada para cada curso académico (según Acuerdo de Junta de Centro) será la que determine
el orden de matriculación para los cuatro planes de estudios de grado ofertados por el Centro.
La formalización del acto de matrícula en SIGMA conllevará la obligatoriedad de matricular, en primer
término, los grupos (tres dígitos) de teoría/magistral y, a continuación, los grupos de
prácticas/seminario.
El sistema de evaluación continua requerirá que todas las asignaturas matriculadas estén condicionadas
a su compatibilidad horaria.
En el supuesto de estudiantes admitidos por preinscripción, se dará la opción de poder elegir el turno y
grupo, todo ello condicionado por la capacidad fijada para los mismos. Asimismo, todas las asignaturas
deberán estar adscritas a un mismo grupo de teoría/magistral y a un mismo grupo de
prácticas/seminario.
En el caso de estudiantes propios que continúan los mismos estudios, se establecerán los siguientes
criterios:
Respecto a las asignaturas obligatorias y de formación básica del curso superior, deberán estar
adscritas al mismo turno que el matriculado en el curso académico anterior. Asimismo, todas
las asignaturas deberán estar adscritas a un mismo grupo de teoría/magistral y a un mismo
grupo de prácticas/seminario.
Respecto a las asignaturas obligatorias y de formación básica de cursos inferiores, así como las
de carácter optativo, se podrá elegir turno y grupo, todo ello, condicionado por la capacidad
fijada para los mismos.
Para otro tipo de supuestos (estudiantes que se matriculan fuera de los plazos oficiales), se aplicará
igualmente la normativa de matrícula, y atendiendo a la particularidad del estudiante perteneciente a
un programa de movilidad, se llevará a cabo un proceso previo de reserva en las capacidades de las
asignaturas y grupos. Entre los supuestos que se podrán enmarcar en este apartado, citar los
siguientes:
Estudiantes que incurren en permanencia, quedando la matrícula condicionada por la
resolución favorable del Consejo Social.
Estudiantes (con estudios de la misma rama de conocimiento) procedentes de otros de Centros
de la UAM u otras universidades para continuar sus estudios en la Facultad de Derecho.
Estudiantes de programas de movilidad.
Estudiantes propios del Centro que solicitan cambio de plan.
Otros.
GERENCIA – AREA DE CALIDAD Y RESPONSABILIDAD SOCIAL