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GERENCIA MANUAL DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS Fecha: 25/11/2020
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1º.- Calificaciones numéricas obtenidas en la asignatura a compensar, con el fin de
valorar el rendimiento del estudiante.
explícita de la Gerencia. NOTA: El presente documento se distribuye como copia no controlada. La edición en vigor debe consultarse a través del gestor documental del ACRS.
2º.- Rendimiento académico del resto de asignaturas, especialmente de aquellas que
puedan considerarse afines a la asignatura que se quiere compensar.
3º.- Cualquier otra circunstancia que el Centro haya considerado.
Establecidos los criterios de valoración y evaluadas las solicitudes admitidas a trámite, el Tribunal de
Compensación dictará resolución.
Notificación de la resolución del Tribunal de Compensación.
El secretario o secretaria del Tribunal de Compensación deberá comunicar por escrito, al
solicitante y a la Administración del Centro, el acuerdo adoptado por dicho órgano, en los 10
días hábiles siguientes a la fecha de la resolución.
Del sentido de la resolución del tribunal, se derivarán los siguientes efectos en el procedimiento:
Si la resolución es favorable, el estudiante obtendrá el “Aprobado por compensación”
en la asignatura objeto de solicitud. Esta calificación se incorporará al expediente
académico del estudiante, con efectos académicos de la fecha de reunión del Tribunal
de Compensación.
Si la resolución es desfavorable, se denegará, de forma motivada, la compensación de
la asignatura objeto de solicitud y, contra dicha resolución, el estudiante podrá
interponer, en vía administrativa, un recurso potestativo de reposición ante el propio
tribunal.
Si se interpone el recurso potestativo de reposición, se derivarán los siguientes efectos en el
procedimiento:
Resolución estimatoria. Se estimarán las pretensiones del estudiante respecto a su
solicitud de compensación. Esta calificación se incorporará al expediente académico del
estudiante, con efectos académicos de la fecha de resolución del tribunal.
Resolución desestimatoria. El Tribunal denegará, de forma motivada, la solicitud de
compensación del estudiante. Contra dicha resolución, se podrá interponer recurso
contencioso-administrativo, sin perjuicio del recurso extraordinario de revisión.
Los efectos académicos de la calificación “Aprobado por compensación”, se producirán a partir
de la fecha de la resolución dictada por este órgano.
GERENCIA – AREA DE CALIDAD Y RESPONSABILIDAD SOCIAL