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GERENCIA MANUAL DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS Fecha: 25/11/2020
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Gestores/as y responsables de los Títulos Propios.
Rector o Rectora
explícita de la Gerencia. NOTA: El presente documento se distribuye como copia no controlada. La edición en vigor debe consultarse a través del gestor documental del ACRS.
2. DEFINICIONES
Solicitud AMM-Anulación académica de matrícula (parcial o total) de estudios de
máster: Trámite mediante el cual el estudiante de máster solicita, a efectos académicos, la
anulación parcial o total de matrícula, todo ello tras haberse realizado el acto de formalización
de la misma en el periodo fijado en el Calendario académico y de matrícula UAM y en el
Calendario de trámites administrativos del Centro.
Anulación académica de asignaturas: Trámite mediante el cual se procede, a los efectos
académicos, a la anulación total o parcial de las asignaturas matriculadas en un curso
académico.
Modificación de matrícula: Trámite mediante el cual se procede a modificar la matrícula
inicialmente formalizada por el estudiante. Dicha modificación, podrá suponer la sustitución
de unas asignaturas por otras o cambios de grupo y/o turno dentro de una misma asignatura.
Asimismo, el objeto de la modificación podrá tener su origen en errores imputables al
estudiante o, por el contrario, errores atribuibles a incidencias técnicas de la herramienta
informática institucional Sigma@ o que tengan su origen en las variaciones que se puedan
producir respecto a la oferta académica aprobada por el Centro.
Criterios establecidos para la anulación académica de matrícula: Marco relativo a los criterios
establecidos para la anulación académica de matrícula dentro las respectivas normativas, de
ámbito UAM, de “Matrícula y permanencia” y de “Tasas y precios públicos”.
Criterios establecidos para la modificación de matrícula: Marco relativo a los criterios
establecidos por el Centro para la modificación de matrícula.
Régimen de dedicación de matrícula: La modalidad de matrícula puede ser a tiempo completo
o a tiempo parcial. Con carácter general, a tiempo completo, supone un número de créditos
no superior a 60 ni inferior a 37. A tiempo parcial, supone un número de créditos no superior
a 36 ni inferior a 24. De manera excepcional para los supuestos establecidos en la referida
normativa, y previa solicitud al Decano o Decana, se puede autorizar la matrícula de más de 60
créditos a estudiantes a tiempo completo y menos de 24 créditos a estudiantes a tiempo
parcial. En el caso del doble Máster Universitario en Acceso a la Profesión de Abogado e
Investigación Jurídica, se permitirá la matriculación de hasta 72 créditos.
Resolución y comunicación de la solicitud de anulación académica de asignaturas: Fase del
procedimiento por la que se resuelven, por parte del Decano o Decana del Centro, las
solicitudes de anulación académica de asignaturas. La resolución hace constar la relación de
estudiantes a los que se estima y desestima su solicitud. El acto de comunicación de la
resolución al estudiante se realiza mediante publicación en el tablón electrónico y, en caso de
ser desestimada, la resolución debe estar debidamente motivada.
Recurso administrativo frente a la resolución desestimatoria de la solicitud a anulación
académica de asignaturas: Fase del procedimiento por la que el estudiante, en vía
administrativa, puede ejercer su derecho a interponer un recurso de alzada ante el Rector o
Rectora frente a la resolución desestimatoria de su solicitud de anulación académica.
Resolución y comunicación de la solicitud de modificación de matrícula: Fase del
procedimiento por la que se resuelven, por parte del Decano o Decana del Centro, las
solicitudes de modificación de matrícula. La resolución hace constar la relación de estudiantes
a los que se estima y desestima su solicitud. El acto de comunicación de la resolución al
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