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                  GERENCIA       MANUAL DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS              Fecha: 25/11/2020
       AVISO: Este documento es propiedad del Área de Calidad y Responsabilidad Social (ACRS) de la Universidad Autónoma de Madrid. Queda prohibida su difusión total o parcial sin una autorización
                                                                                         Página 225 de 310


              El trámite de modificación de matrícula, y con independencia de la casuística de la que se derive, se
              gestiona a través del área de gestión del posgrado de Centro y de acuerdo con los criterios internos de
              organización establecidos por la Administración Gerencia.
         explícita de la Gerencia. NOTA: El presente documento se distribuye como copia no controlada. La edición en vigor debe consultarse a través del gestor documental del ACRS.
              Para ambos trámites (anulación académica de asignaturas y modificación de matrícula), los plazos de
              presentación de solicitudes y resolución quedan fijados en el Calendario de Trámites Administrativos de
              la Facultad de Derecho y en las correspondientes guías informativas del curso y estudios.
              La solicitud normalizada para ambos trámites puede descargarse vía on line u obtenerse físicamente a
              través de la Administración del Centro.
              La  solicitud,  junto  con  la  documentación  que  pudiera  ser  aportada  por  el  estudiante,  debe  ser
              formalmente presentada y registrada.


                  Admisión a trámite de solicitudes por parte de la Administración.
              Respecto al cumplimiento de los requisitos necesarios para la admisión a trámite de las solicitudes, se
              podrán contemplar los siguientes estados del procedimiento:

                   Si se cumplen los requisitos de admisión a trámite de la solicitud.  Tras comprobarse en el
                     trámite de solicitud que la misma se formaliza debidamente en tiempo (en el caso de anulación
                     académica  de  asignaturas,  según  los  plazos  que,  con  carácter  general  y  excepcional,  se
                     establecerán en las normativas UAM de matrícula y permanencia y de tasas y precios públicos
                     y, para el caso de modificación de matrícula, según los plazos establecidos en el Calendario de
                     Trámites  Administrativos  de  la  Facultad  de  Derecho)  y  forma  (requerimiento  de  datos  a
                     cumplimentar en la instancia y/o documentos que se pudieran aportar para su valoración). En
                     este supuesto, la solicitud es admitida a trámite para su valoración.
                   Si no se cumplen los requisitos de admisión a trámite de la solicitud. Si no se cumple con los
                     requerimientos de tiempo (en el caso de anulación académica de asignaturas, según los plazos
                     que, con carácter general y excepcional, se establecerán en las normativas UAM de matrícula y
                     permanencia y de tasas y precios públicos y, para el caso de modificación de matrícula, según
                     los plazos establecidos en el Calendario de Trámites Administrativos de la Facultad de Derecho)
                     y/o  forma (requerimiento de  datos  a  cumplimentar en  la  instancia y/o  documentos  que se
                     pudieran aportar para su valoración). En este supuesto, la solicitud no es admitida a trámite para
                     su valoración.

                   En  el  caso  de  que  la  admisión  a  trámite  pueda  ser  susceptible  de  subsanación,  se  instará
                     formalmente al interesado para que, en un plazo de diez días, subsane la falta o incorpore los
                     documentos preceptivos en su caso, con indicación de que, si así no se hiciera, se tendrá por
                     desistida  su  petición.  Ante  este  supuesto,  la  admisión  a  trámite  de  la  solicitud  estará
                     condicionada a su subsanación.



                  Valoración de solicitudes por parte del área de gestión de posgrado del Centro y órgano de
                    coordinación del máster.
                   Anulación académica de asignaturas.
              Admitida a trámite la solicitud, se iniciará la fase de valoración por el área de gestión de posgrado del
              Centro conforme a los criterios establecidos en las normativas UAM de “Matrícula y permanencia” y de
              “Tasas y precios públicos”. Los criterios de valoración se aplicarán en los siguientes términos:



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