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GERENCIA MANUAL DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS Fecha: 25/11/2020
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PG_SPR_01 EVALUACIÓN DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO
1. OBJETO Y ALCANCE
explícita de la Gerencia. NOTA: El presente documento se distribuye como copia no controlada. La edición en vigor debe consultarse a través del gestor documental del ACRS.
Objeto:
Realizar las evaluaciones de riesgo y la planificación de la actividad preventiva conforme al capítulo
II del RD 39/1997, de 17 de enero, Reglamento de los Servicios de prevención.
Disponer de un instrumento o herramienta para la identificación y valoración los riesgos generales
vinculados a los distintos lugares de trabajo de cada centro, así como los riesgos específicos de los
distintos puestos de trabajo que existan en el mismo y la relación de trabajadores y trabajadoras
afectados, indicándose las medidas preventivas y de protección pertinentes, y estableciendo una
planificación de la actividad preventiva que determine prioridades en la ejecución de las medidas,
responsables y plazos orientativos para su puesta en marcha.
Alcance:
Todos los trabajadores en nómina de la UAM.
Todas las instalaciones con titularidad de la UAM.
2. DEFINICIONES
Severidad: que indica el daño más probable que se puede producir al trabajador si el
riesgo se materializa.
Probabilidad: que indica si es fácil o no que el riesgo se materialice en las condiciones
existentes.
Evaluación de los riesgos laborales: Es el proceso dirigido a estimar la magnitud de
aquellos riesgos que no hayan podido evitarse, obteniendo la información necesaria
para que la organización esté en condiciones de tomar una decisión apropiada sobre la
necesidad de adoptar medidas preventivas y, en tal caso, sobre el tipo de medidas que
deben adoptarse.
Peligro: Fuente o situación con capacidad de producir daños en forma de lesiones, daños a
la propiedad, daños al medio ambiente, o una combinación de los anteriores y, en general,
como un factor de riesgo o contingencia inminente de que suceda algún mal.
Riesgo: Combinación de la frecuencia y/o probabilidad y de las consecuencias que puedan
derivarse de la materialización del peligro.
3. DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA
Normativa:
Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de Riesgos Laborales.
Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios
de Prevención.
Real Decreto 298/2009, de 6 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 39/1997, de
17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, en
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