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Tarifas: una vez conocida la base imponible se le aplica tarifa, la cual se define
como una magnitud establecida en la ley, que, aplicada a la base gravable, sirve
para determinar la cuantía del tributo. La tarifa comprende los tipos de gravámenes,
mediante los cuales se expresa la cuantificación de la deuda tributaria.
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Impuesto Complementario de Avisos y Tableros
Grava la exhibición de vallas o avisos luminosos que hagan mención de una empresa o un
producto y que estén ubicados en un lugar público. Lo regulan las leyes 14 de 1983.
Sujeto Activo: el municipio.
Sujeto Pasivo:
IMPUESTOS DE COLOMBIA es quien realiza cualquiera de las actividades comerciales,
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industriales y de servicios y utiliza el espacio público para anunciar y difundir
propaganda acerca de su actividad industrial, comercial y de servicios, Mediante la
colocación de vallas, avisos o tableros (artículos 1º literal k) (Ley 97, 1913) (Ley 14,
1983).
Hecho Generador: Ser contribuyente declarante del impuesto de industria y comercio y
tener un aviso visible desde el espacio público, donde se divulgue el nombre comercial,
acredite su actividad, su establecimiento, sus productos o servicios
Causación: La causación del impuesto, se encuentra supeditada a que el respectivo aviso IMPUESTOS DE COLOMBIA
sea visible desde las vías de uso o dominio público, de manera que si el aviso objeto de
consulta se encuentra ubicado en la parte interna de las instalaciones de la compañía, no
siendo susceptible de ser observado desde la vía pública, no se causaría el impuesto de
avisos y tableros.
Base Gravable: valor del impuesto de industria y comercio, con una tarifa del 15%
sobre el impuesto a cargo (ICA).
Tarifas: dicha contribución se liquidará como complemento del impuesto de industria y
comercio, tomando como base el impuesto a cargo total de industria y comercio a la cual
se aplicará una tarifa fija del 15%.
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Impuesto Predial Unificado
Grava la propiedad o posesión de inmuebles (locales, lotes, parqueaderos, casas,
apartamentos, etc) que se encuentran ubicados en el municipio. Lo rigen las leyes
14 de 1983, 44 de 1990 y el Decreto 1421 de 1993
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