Page 4 - Teoria general del proceso
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-Actuación del Derecho Positivo: De nada sirve tener derecho si se ignora como
         buscarlo, como satisfacerlo, como defenderlo, entonces debo estudiar el, todo
         para conseguirlo, para hacer actuar la ley como ciencia dogmática que hace
         operar el derecho positivo, y su actuación puede ocurrir por diversa causa:
         solucionar un conflicto, sancionar un hecho ilícito o defender un derecho.

         -Personas que deben someterse a la jurisdicción: La jurisdicción emana del
         Estado en virtud de su soberanía para someterse a ella todas las personas que
         se encuentre en el territorio Nacional con las excepciones que determine la
         Ley.

         -Los funcionarios encargados de ejercerla.: Con las excepciones de la Ley, solo
         los  funcionarios  judiciales  son  únicos  a  quienes  se  les  ha  encomendado  la
         función  de  administrar  la  justicia,  Existen  tantas  definiciones  cuantos
         tratadistas hay, pero no debemos olvidar que el concepto debe estar ligado a
         la forma de resolver los conflictos en un Estado de derecho y creemos que la
         tesis expuesta satisface nuestro objetivo.

         Características del derecho procesal.

         En la doctrina hay unanimidad para considerar al Derecho Procesal con las
         siguientes características:

         -Autonomía:  en  la  primera  época  se  consideró  un  accesorio  al  derecho
         sustancial, pero gracias a la labor desarrollada por la Doctrina Alemana se trazó
         una delimitación entre los dos derechos en mención y hoy en día todos los
         doctrinantes lo reconocen, teniendo en cuenta que tanto el uno como el otro
         regulan conductas distintas.

         -Instrumentalidad:  Determina  que  el  Derecho  Procesal  es  el medio  para el
         reconocimiento de los derechos entre las personas por lo cual origina derechos
         y obligaciones mientras que el procesal otorga los medios y regula la conducta
         orientadas  a  obtener  el  reconocimiento  de  esos  derechos  y  obligaciones
         cuando han sido vulnerados o simplemente para declararlos.

         -Dinámico: Porque regula un mecanismo jurídico en movimiento, en el cual se
         encuentran fuerzas jurídicas diversas, tendidas para conseguir sus propósitos
         las  cuales  vienen  delimitadas  y  disciplinadas  en  su  nacimiento,  actividad  y
         efectos.
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