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Revista “VOLVER A VIVIR”
LEY 26485
Art. 6 MODALIDADES DE VIOLENCIA
Violencia doméstica Es la ejercida contra Violencia institucional:
las mujeres por un integrante del grupo familiar,
ya sea en un lugar privado o público; que dañe la Es la realizada por las/los funcionarias/os,
dignidad, el bienestar, la integridad física, profesionales, personal y agentes
psicológica, sexual, económica o patrimonial, la pertenecientes a cualquier órgano, ente o
libertad, comprendiendo la libertad reproductiva institución pública, que tenga como fin
y el derecho al pleno desarrollo de las mujeres. retardar, obstaculizar o impedir que las
Grupo familiar el originado en el parentesco sea mujeres tengan acceso a las políticas
por consanguinidad o por afinidad, el matrimonio, públicas y ejerzan los derechos previstos en
las uniones de hecho y las parejas o noviazgos. esta ley. A demás, las que se ejercen en los
Incluye las relaciones vigentes o finalizadas, no partidos políticos, sindicatos,
siendo requisito la convivencia. organizaciones empresariales, deportivas y
de la sociedad civil.
Violencia laboral: Discrimina a
las mujeres en los ámbitos de trabajo
públicos o privados; obstaculiza el
acceso al empleo, contratación,
ascenso, estabilidad o permanencia en
el mismo, exigiendo requisitos sobre
estado civil, maternidad, edad,
apariencia física o la realización de
test de embarazo. Constituye también
violencia contra las mujeres en el
ámbito laboral quebrantar el derecho
de igual remuneración por igual tarea
o función.
Violencia contra la libertad
reproductiva: la que vulnere el
Violencia obstétrica: aquella que ejerce el
derecho de las mujeres a decidir libre y
responsablemente el número de pers onal de salud sobre el cuerpo y los procesos
embarazos o el intervalo entre los reproductivos de las mujeres, expresada en un
nacimientos, de conformidad con la Ley trato deshumanizado, un abuso de
25.673 de Creación del Programa medicalización y patologización de los procesos
Nacional de Salud Sexual y Procreación naturales, de conformidad con la Ley 25.929.
Responsable.