Page 305 - Velasco y la independencia nacional
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En Busca de la Constitución Peruana: Cuatro Tesis, y Algunas Reformas Posibles • Luis Manuel Sánchez
En segundo lugar, esta Constitución se orienta a la idea del bien común, lo que es de “todos”, sin dejar de lado tam- poco la protección de los derechos individuales. Eso es lo que surge de sus tres primeros artículos:
Constitución de 1823:
“De la Nación Peruana.
Art. 1. Todas las provincias del Perú, reunidas en un solo cuer- po forman la nación peruana.
Art. 2. Esta es independiente de la monarquía española, y de toda dominación extranjera; y no puede ser patrimonio de nin- guna persona ni familia.
Art. 3. La soberanía reside esencialmente en la nación, y su ejer- cicio en los magistrados, a quienes ella ha delegado sus poderes.
Art. 4. Si la nación no conserva o protege los derechos legítimos de todos los individuos que la componen, ataca el pacto social: así como se extrae de la salvaguardia de este pacto cualquiera que viole alguna de las leyes fundamentales.”
La coherencia de esta posición se la observa mejor en contraste con la Constitución que vino a continuación, la de 1828, que sirvió de molde para las subsiguientes:
“De la Nación y de su Religión.
Art. 1. La nación peruana es la Asociación política de todos los ciudadanos del Perú.
Art. 2. La nación peruana es para siempre libre e independiente de toda potencia extranjera. No será jamás patrimonio de perso- na o familia alguna; ni admitirá con otro Estado unión o federa- ción que se oponga a su independencia.
Art. 3. Su religión es la católica, apostólica, romana. La nación
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