Page 2 - ANÁLISIS DE OTORGAMIENTO DE TÍTULOS DE PROPIEDAD POR LOS GADS Y SUBSECRETARIA DE TIERRAS.
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I n t r o d ucció n
Introducción
El análisis que se desarrolla en la presente propues- te, por tal motivo el Registrador de la Propiedad, al
ta, constituye un aspecto de actualidad no abordado momento de la calificación del acto registral deberá
con especificidad y pertenencia en el que se identifica comprobar si el mismo se encuentra inscrito en los ar-
la ausencia de interrelación entre leyes, procedimien- chivos que tiene a su cargo, para de esta forma dar la
tos y resoluciones en donde la aplicación obedece a las seguridad jurídica a las personas que intervienen en
orientaciones políticas, la coyuntura , la localidad, etc. este negocio jurídico.
Este enfoque general justifica ampliamente el estudio Actualmente la entrega de títulos de propiedad, se
en los siguientes aspectos. Generalmente existen in- circunscribe al análisis de los procedimientos de los
terrogantes que se formulan desde el nacimiento de la Gobiernos Autónomos Descentralizados Municipales
idea y esto es Porque? Efectivamente ante la ausencia y el Ministerio de Agricultura y Ganadería, a través de
de políticas claras sobre la aplicación de la Ley de Tie- la Subsecretaría de Tierras, aspecto relevante puesto
rra Rurales y Territorios Ancestrales, ordenanzas for- que en el país la legalización de tierras no es abordado
muladas sin el análisis de involucrados de los GADs, de forma objetiva, jurídica y determinante, teniendo
vacíos de la Ley Registral y Notarial, Providencias de como consecuencia que gran parte del territorio na-
Jueces es imperativo, para unificar criterios en el te- cional no está debidamente legalizado, siendo nece-
rritorio nacional en donde la Regionalización y la Au- sario entonces analizar el impacto de la normativa
tonomía de Municipios no desconozca los principios nacional y su aplicación con las instancias a las que
históricos de la transferencia de dominio y el otorga- de manera directa e indirecta se ha responsabilizado
miento de título de propiedad, cuya utilidad evidente- de esta actividad que para el estado en la declaratoria
mente es que cada Institución cuente con normas de de principios incluso representa una obligación, en la
procedimiento claras precisas y agiles que le permi- práctica concluye en un tema fundamentalmente re-
tan atender a organizaciones, comunidades, familias, caudatorio, pero para posesionarios, comuneros, here-
usuarios con eficiencia y eficacia puesto que al mo- deros, familias y comunidades, representa su patrimo-
mento tienen que atravesar un verdadero vía crucis en nio y existencia misma, más aún cuando los predios
los tramites que tienen fecha de inicio pero no de fina- constituyen unidades productivas o áreas destinadas
lización; aquí se determina en su máxima expresión la a viviendas que cuentan con construcciones e infraes-
relevancia social del estudio. tructura básica incluso caseríos y pequeños centros
El tracto Sucesivo, en la entrega de títulos de propie- poblados.
dad como objeto de estudio, “es de vital importancia, En este sentido, la entrega de títulos de propiedad
para el buen funcionamiento de sistema de registro por parte de los Gobiernos Autónomos Descentrali-
moderno que tenga como base la cosa o el inmueble al zados Municipales a personas naturales o jurídicas en
momento de organizar la información registral, pues base a la Autonomía, pese a que el Código Orgánico
en virtud de este principio será posible inscribir, ano- Organización Territorial Autonomía y Descentraliza-
tar, cancelar o consignar por nota marginal un derecho ción (COOTAD), no determina la competencia ex-
o una situación jurídica inscribible solo cuanto conste presa para que los GADs a través de una Resolución
previamente inscrito dicho derecho real a nombre de Administrativa puedan disponer la protocolización e
la persona que otorgue o en cuyo nombre se otorgue inscripción de actos relacionados a la entrega de títu-
el acto o contrato quien se dirija un procedimiento ju- los de propiedad tal como lo expresa los literales e) del
dicial o administrativo en el cual se afecta tal derecho” Artículo 57, que tiene que ver con la elaboración del
(Villalva, 2017, pág. 10) Plan Cantonal de Desarrollo y Ordenamiento Territo-
Partiendo desde este punto de vista jurídico que la rial (PDYOT); y, el literal x) que se refiere únicamente
definición es clara, que para inscribirse o negarse la con el uso del suelo dentro del territorio cantonal, lo
inscripción de un acto o contrato que se refiera a la vienen realizando previo a la aprobación de Ordenan-
transmisión de los derechos reales de un bien inmue- zas publicadas en el registro oficial cuya fundamen-
ble tiene que tener un historial la propiedad que va a tación está dada en su competencia como Gobierno
ser enajenada o transferida, con este principio se logra Autónomo, más que en la necesidad de ordenar y re-
que cada asiento registral sea marginado y da segu- gular su territorio contemplando un procedimiento
ridad de que el bien que es de propiedad del traden- doctrinal jurídico.
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