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Oposiciones Trabajo Social
CAPÍTULO IV. Régimen de garantías de los derechos y deberes.
(Art.11- art. 19).
DISPOSICIONES ADICIONALES.
DISPOSICIÓN ADICIONAL ÚNICA. Régimen jurídico de cada servicio
o centro de atención social.
DISPOSICIONES FINALES.
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA. Comité de Ética en la Atención Social.
DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA. Habilitación normativa.
DISPOSICIÓN FINAL TERCERA. Entrada en vigor.
ANEXO.
3. EL CATÁLOGO DE SERVICIOS SOCIALES.
3.1. INTRODUCCIÓN.
La Ley 5/2009, de 30 de junio de Servicios Sociales de Aragón establece la
bases del nuevo sistema y modelo de Servicios Sociales en Aragón,
estableciendo como hemos visto la novedad de servicios esenciales
establecidos como derecho subjetivo, para desarrollar y clarificar todas las
prestaciones se diseña el Catálogo de Servicios Sociales de Aragón que viene
regulado en el Título III de la Ley 5/2009, de 30 de junio. Y
posteriormente, su desarrollo normativo se concreta en el DECRETO
143/2011, de 14 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se
aprueba el Catálogo de Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma
de Aragón. DEPARTAMENTO DE SERVICIOS SOCIALES Y FAMILIA.
Dicho Decreto establece en su introducción que:
“…el Catálogo de Servicios Sociales constituye, sin duda, la pieza fundamental
que define e identifica a dicho Sistema Público, al venir a determinar el
conjunto de prestaciones sociales en que se concreta la política de servicios
sociales de la Comunidad Autónoma de Aragón, , así como a identificar
aquellas prestaciones que revisten naturaleza esencial y que, por ello,
adquieren la condición de derecho subjetivo, garantizado y exigible,
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