Page 103 - OPOSOCIAL - Estrategia Nacional contra la pobreza energetica 2019-2024
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protegidos del Reglamento (UE) 2017/1938 e incluyendo todas aquellas medidas presentes en esta Estrategia que tienen influencia sobre el suministro de gas natural.
Análisis de la aplicación efectiva del actual mecanismo del bono social
La experiencia acumulada desde la puesta en marcha del procedimiento para la concesión del bono social desarrollado por el Real Decreto 897/2017, de 6 de octubre de 2017, y el diagnóstico que se ha llevado a cabo para la elaboración de esta Estrategia, revelan deficiencias en su aplicación. Por ello, es necesario adoptar medidas que contrarresten las limitaciones que impiden que el bono social eléctrico y térmico lleguen al mayor número de consumidores vulnerables. Estos mismos aspectos deben considerarse para el diseño de futuros mecanismos prestacionales que sustituyan a los bonos sociales actuales.
Por una parte, en el análisis de la aplicación del bono social de electricidad ha mostrado que la operativa concreta de solicitud del bono social ante la comercializadora de referencia está ralentizando y añadiendo complejidad al proceso de solicitud del bono social para el consumidor. Así se desprende del análisis interno realizado por el Ministerio para la Transición Ecológica y de lo expresado por numerosas aportaciones a la consulta pública. La operativa concreta de solicitud del bono social ante la comercializadora de referencia, ralentiza y añade complejidad a un proceso que se está mostrando arduo y dificultoso para el consumidor, por diferentes motivos.
Existen diversos motivos que están dificultando la gestión del proceso de solicitud del bono social de electricidad ante la comercializadora de referencia.
La condición de entidad privada de la comercializadora de referencia conlleva la aportación de documentación inicial por parte del consumidor para acreditar que solicita el bono social para su vivienda habitual (certificado de empadronamiento) y que forma parte, si es el caso, de una unidad familiar (libro de familia o documento que certifique el estado civil del solicitante).
Este aspecto se vería simplificado en el caso de que la solicitud fuese presentada ante una administración pública habilitada para la consulta de determinados registros y bases de datos obrantes en otras administraciones, previa suscripción de los correspondientes acuerdos y convenios entre las administraciones.
El siguiente cuadro resumen la documentación que debe ser presentada a día de hoy ante el comercializador de referencia:
    DOCUMENTACIÓN
¿REQUISITO OBLIGATORIO?
  1. Formulario de Bono Social firmado por el consumidor y por todos los miembros de la unidad familiar mayores de 14 años.
  Sí
 2. Fotocopia del DNI o NIE del titular y de cada uno de los miembros de la unidad familiar para los que el DNI es obligatorio, incluidos los menores de 14 años que dispongan de él.
   Sí
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