Page 78 - OPOSOCIAL - Estrategia Nacional contra la pobreza energetica 2019-2024
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territorio español, y atendiendo en particular a las circunstancias que impactan en el bienestar de las personas y sus necesidades básicas.
De este modo, la solidaridad es un principio constitucional de naturaleza esencialmente económico-social, complementaria de los principios de unidad y de autonomía, en virtud del cual debe tenderse al logro del equilibrio económico y social, instrumentando para ello medidas adecuadas. La Constitución Española proclama este principio en sus artículos 2 y 138.1, y establece algunos instrumentos para su realización en los artículos 131 y 158.2, como en el fondo de compensación interterritorial.
En los últimos años diferentes administraciones públicas han regulado aspectos relativos a la vivienda y lucha contra la pobreza energética, de manera integrada o a través de textos que se aproximaban a estas materias de manera independiente.
Algunas normas han sido sometidas a examen por el propio Tribunal Constitucional32 que, a través de sus sentencias, ha ido perfilando el ámbito competencial de la pobreza energética, en la que se entremezclan competencias básicas del Estado con ámbitos competenciales propios de las Comunidades, como en materia asistencial o de protección a los consumidores.
Para el Tribunal Constitucional son bases del sector eléctrico “la ordenación del suministro de electricidad y de gas, los derechos y obligaciones de los sujetos intervinientes, entre los que se encuentran la obligación de las empresas comercializadoras de suministrar la electricidad y el gas, el derecho a exigir el pago del suministro y a adoptar medidas respecto a los consumidores que estén en situación de impago”, pues todo ello “incide directamente en la configuración del contenido del régimen jurídico de uno de los sujetos que intervienen en el sector eléctrico y de gas, al afectar directamente a sus obligaciones y derechos, y también conciernen a la garantía del suministro al tener como finalidad introducir una causa de suspensión de la interrupción del mismo en caso de impago”33.
Por tanto, se ha reconocido al Estado la regulación de derechos y obligaciones para los consumidores y empresas suministradoras, estableciendo un régimen homogéneo que asegura un tratamiento común en cuanto a las consecuencias derivadas del impago del suministro eléctrico y de gas en todo el territorio nacional. Se encuadraría en este tratamiento común e integrado las consecuencias derivadas del impago del suministro eléctrico y del gas en todo el territorio nacional.
Amplias son las competencias de las Comunidades Autónomas en la materia, a quienes se atribuye el establecimiento de ayudas respetuosas con el sistema de costes e ingresos regulados a nivel estatal, en diferentes modalidades, destinadas a garantizar el suministro eléctrico a las personas que se encuentren en dificultad económica.
La actuación de las Comunidades Autónomas es fundamental para la detección de las situaciones de exclusión o vulnerabilidad social mediante el establecimiento de medidas o
32 Sentencias 62/2016, de 17 de marzo de 2016; 54/2018 y de 24 de mayo de 2018. 33 Sentencia 62/2016, de 17 de marzo.
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